BOPV nº 19 · · Medio Ambiente y Política Territorial

RESOLUCIÓN 2/2015, de 12 de enero, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno por el que se autoriza la cuarta modificación de la encomienda a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea para la realización de determinadas actividades en relación con la construcción de la Nueva Red Ferroviaria en el País Vasco en el periodo 2011-2016.

Habiéndose aprobado por el Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 30 de diciembre de 2014, el Acuerdo por el que se autoriza la cuarta modificación de la encomienda a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea para la realización de determinadas actividades en relación con la construcción de la Nueva Red Ferroviaria en el País Vasco en el periodo 2011-2016, y a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Acuerdo por el que se autoriza la cuarta modificación de la encomienda a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea para la realización de determinadas actividades en relación con la construcción de la Nueva Red Ferroviaria en el País Vasco en el periodo 2011-2016, que figura como anexo a la presente. En Vitoria-Gasteiz, a 12 de enero de 2015. El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, SANTIAGO LARRAZABAL BASAÑEZ. ANEXO A LA RESOLUCIÓN 2/2015, DE 12 DE ENERO, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno el día 30 de diciembre de 2014, por el que se autoriza la cuarta modificación de la encomienda a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea para la realización de determinadas actividades en relación con la construcción de la Nueva Red Ferroviaria en el País Vasco en el periodo 2011-2016. Corresponde a la Administración General del Estado la competencia exclusiva en materia de obras públicas de interés general y ferrocarriles y transportes terrestres que transcurran por el territorio de más de una Comunidad Autónoma, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 149.1 21.º y 24.º de la Constitución. La Comunidad Autónoma del País Vasco ostenta competencias exclusivas en obras públicas de interés comunitario, en ferrocarriles y transportes terrestres que transcurran por el territorio de la Comunidad Autónoma, así como las de promoción, desarrollo económico y planificación de la actividad económica del País Vasco y las competencias de ordenación del territorio y urbanismo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 10.25, 31, 32 y 33 del Estatuto de Autonomía. Con fecha 24 de abril de 2006 se ha suscrito un convenio de colaboración entre la Administración General del Estado, la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias para desarrollar las actuaciones precisas para la puesta en operatividad de la nueva red ferroviaria en el País Vasco («Y» vasca), según las previsiones europeas. Con esta fecha los mismos suscribientes firmaron un convenio de colaboración para la encomienda a la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco de determinadas actuaciones para la construcción de esta nueva red ferroviaria. El Consejo de Gobierno, en sesión celebrada el 27 de junio de 2006, estimando una más eficaz consecución de los intereses públicos, encomendó al Ente Público Red Fe

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