BOPV nº 18 · · Medio Ambiente y Política Territorial

ORDEN de 19 de enero de 2015, de la Consejera de Medio Ambiente y Política Territorial, por la que se aprueba inicialmente la modificación del Plan Territorial Sectorial de Protección y Ordenación del Litoral de la Comunidad Autónoma del País Vasco, relativa a Barrikabaso del municipio de Barrika y se acuerda someterlo a información pública y audiencia de las administraciones públicas.

Mediante el Decreto 43/2007, de 13 de marzo, fue aprobado definitivamente el Plan Territorial Sectorial de Protección y Ordenación del Litoral de la CAPV. Mediante la Orden Foral 421/2001, la Diputación Foral de Bizkaia aprobó definitivamente la Modificación de las Normas Subsidiarias de Barrika, para la reclasificación como suelo apto para urbanizar y sistemas generales de espacios libres, unos terrenos situados en las zonas de Muriola y San Telmo. Dicha Orden Foral, además, ratificó las Órdenes Forales 570/1999 y 365/2000, mediante las cuales fueron aprobados los Planes Parciales de los Sectores Muriola y San Telmo, respectivamente. La Orden Foral 1086/2009, de 3 de noviembre, dispone proceder a la ejecución de la Sentencia del Tribunal Supremo, de 3 de julio de 2009, declarando anulada la Orden Foral 421/2001, por la que aprobó definitivamente la Modificación de las Normas Subsidiarias de Barrika, para la reclasificación como suelo apto para urbanizar y sistemas generales de espacios libres, unos terrenos situados en las zonas de Muriola y San Telmo, y declarando así mismo la nulidad de las Órdenes Forales 570/1999 y 365/2000, por las que se aprobaron los Planes Parciales de los Sectores Muriola y San Telmo, respectivamente. En sesión celebrada el 12 de noviembre de 2013, la Comisión de Medio Ambiente y Política Territorial del Parlamento Vasco, aprobó la Proposición no de Ley 168/2013, relativa al Plan Territorial Sectorial del Litoral, con arreglo al siguiente texto: El Parlamento Vasco solicita al Gobierno Vasco que proceda a actualizar y corregir las determinaciones y cartografía referentes a todo Barrikabaso, incluidas las áreas de Muriola y San Telmo, e incluya el área dentro del ámbito territorial del PTS de protección y ordenación del litoral, con la calificación de especial protección. La Dirección de Planificación Territorial y Urbanismo procede a la redacción de la presente modificación, que tiene por objeto la modificación puntual del PTS vigente, en lo relativo al ámbito de Barrikabaso y que afecta a una superficie aproximada de 62 hectáreas en suelo no urbanizable, en el cual se definen las categorías de Especial Protección Estricta en acantilados y Especial Protección Compatible en el resto del ámbito. En concreto, en al área de Muriola calificada en las Normas Subsidiarias vigentes como de Categoría Agropecuaria, se plantea su sustitución por la de Agroganadera y Campiña, definida en el PTS vigente. En lo que respecta al procedimiento de modificación, el artículo 10.10 de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, por remisión de la Disposición Adicional Primera así como del artículo 14 de dicha Ley, establece que las modificaciones de los Planes Territoriales Sectoriales que no supongan revisión general o sustancial de los mismos tendrán lugar mediante el procedimiento que al efecto establezca el Gobierno Vasco. En desarrollo de dicho precepto se dictó el Decreto 206/2003, de 9 de septiembre, po

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