BOPV nº 14 · · Desarrollo Económico y Competitividad

CORRECCIÓN DE ERRORES de la Orden de 19 de diciembre de 2014, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad por la que se establece el volumen mínimo de producción y de comercialización, así como el número mínimo de productores asociados, para obtener el reconocimiento como Agrupación de Productores Agrarios (APA) y sus Uniones en el sector de las legumbres para consumo humano.

El artículo 18.2.b) Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto. Advertidos errores de dicha índole en el texto de la Orden de 19 de diciembre de 2014, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, por la que se establece el volumen mínimo de producción y de comercialización, así como el número mínimo de productores asociados, para obtener el reconocimiento como Agrupación de Productores Agrarios (APA) y sus Uniones en el sector de las legumbres para consumo humano, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 246, de viernes 26 de diciembre de 2014, se procede a su corrección. En la página 2014/5482 (1/2) correspondiente a la tabla contenida en el Resuelvo Primero, tanto en la versión en castellano como en euskera, donde dice: (Véase el .PDF) Debe decir: (Véase el .PDF)

Todo el BOPV del 22 de enero de 2015

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