BOPV nº 243 · · Educación, Política Lingüística y Cultura
RESOLUCIÓN de 9 de diciembre de 2014, del Director de Formación y Aprendizaje, por la que se convoca la prueba de acceso a Ciclos Formativos de Formación Profesional correspondiente al curso 2014-2015.
La Orden de 13 de abril de 2008, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, por la que se regula el acceso a Ciclos Formativos de Formación Profesional, dispone en su artículo 2.1 que el Departamento de Educación, Universidades e Investigación convocará al menos una vez al año una prueba para el acceso a los Ciclos Formativos. En su virtud RESUELVO : Artículo 1 Convocatoria. Se convoca la prueba de acceso a los ciclos formativos de Grado Medio y de Grado Superior de Formación Profesional correspondiente al curso 2014-2015 a la que se refiere el artículo 2.1 de la Orden de 13 de abril de 2008, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, por la que se regula el acceso a Ciclos Formativos de Formación Profesional. Artículo 2 Inscripciones e información. Para la realización de esta prueba los/as aspirantes deberán formalizar la inscripción en cualquier centro de la Comunidad Autónoma del País Vasco que imparta ciclos formativos, en el período comprendido entre los días 12 y 21 de enero de 2015 ambos inclusive, mediante la aplicación informática que el departamento ha diseñado al efecto. Dichos aspirantes deberán abonar los derechos de examen para la prueba de acceso en el momento de la matrícula. El pago podrá efectuarse mediante las modalidades previstas en el decreto legislativo 1/2007, de 11 de septiembre de aprobación del texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y la intermediación de entidad de crédito colaboradora. El último día para hacer efectivos los derechos de examen será el 23 de enero de 2015. En el momento de inscripción a la prueba se solicitarán, si procede, las exenciones y se aportará la documentación referente a las mismas. Asimismo cada persona indicará el Territorio en el que desea recoger los certificados que correspondan y sea archivado su expediente. Finalizado el periodo de inscripción no se podrán realizar modificaciones que afecten a los datos de la prueba. El centro hará llegar la documentación relativa a la prueba de acceso de los alumnos y alumnas inscritos/as, en el plazo de dos días una vez concluido el periodo de inscripciones, a la unidad territorial de Formación Profesional correspondiente. El centro donde se realice la inscripción a la prueba, y las Delegaciones Territoriales de Educación facilitarán a los/as interesados/as información sobre condiciones de acceso, solicitud de exenciones, fecha de realización, contenido de las pruebas, etc... En un mismo curso escolar una persona no se podrá inscribir en las pruebas de acceso en más de una Comunidad Autónoma, el incumplimiento de esta condición supondrá la anulación de la inscripción. Para certificar dicha circunstancia deberá cumplimentar la declaración que se recoge en el anexo I. Artículo 3 Resolución de exenciones y listado de admitidos y excluidos. La resolución provisional de las exenciones, así como el listado provisional de admitidos y excluidos a la pru