BOPV nº 235 · · Empleo y Políticas Sociales
ORDEN de 27 de noviembre de 2014, del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, por la que se inicia el procedimiento de adjudicación de 53 alojamientos dotacionales autonómicos en el área SU 14.8 Antziola, en el municipio de Hernani.
HECHOS Primero La Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en cumplimiento del convenio de colaboración suscrito entre el extinto Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco y el Ayuntamiento de Hernani, el 5 de noviembre de 2008, ha promovido directamente y es titular de 53 alojamientos dotacionales de régimen autonómico en el municipio de Hernani, Área SU 14.8 Antziola. Segundo El número de expediente de esta promoción es EB3-1650/10-AA-000 y la componen 43 alojamientos dotacionales de 1 dormitorio, de los cuales 2 están adaptados a personas con movilidad reducida, y 10 alojamientos dotacionales de 2 dormitorios. Tercero En el exponiendo sexto del convenio de colaboración, se indica que los referidos alojamientos dotacionales se destinarán a colectivos especialmente necesitados. Cuarto Así mismo, ambas partes han acordado que la mitad de ellos se reservarán para su adjudicación a personas empadronadas en Hernani. FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero En virtud de lo establecido en la disposición adicional tercera del Decreto 39/2008, de 4 de marzo, sobre régimen jurídico de viviendas de protección pública y medidas financieras en materia de vivienda y suelo (en adelante Decreto 39/2008), en relación con el artículo 48 de la Orden de 15 de octubre de 2012 del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, del Registro de Solicitantes de Vivienda y de los procedimientos para la adjudicación de viviendas de protección oficial y alojamientos dotacionales de régimen autonómico (en adelante Orden de 15 de octubre de 2012), corresponde al Consejero de Empleo y Políticas Sociales dictar la presente Orden. Segundo En cumplimiento del convenio de colaboración suscrito entre las partes, en el procedimiento de adjudicación de esta promoción deben tener preferencia los solicitantes o unidades convivenciales en los que al menos uno de sus titulares forme parte de alguno de los colectivos de especial necesidad de vivienda definidos en el artículo 2 de la Orden de 12 de octubre de 2012 (personas con discapacidad intelectual y del desarrollo y personas con enfermedad mental, familias monoparentaes, víctimas de violencia de género, divorciados o separados legalmente, personas que hayan perdido la propiedad de su vivienda habitual por incapacidad de pago sobrevenida, mayores de 70 años y menores de 30 años). Tercero Atendiendo a la superficie y número de habitaciones de los alojamientos dotacionales, y de conformidad con los criterios de adecuación establecidos en el artículo 27 de la Orden de 15 de octubre de 2012, este procedimiento únicamente debe estar dirigido a unidades convivenciales de hasta 4 miembros. A la vista de los preceptos legales señalados y demás de general y concordante aplicación RESUELVO : Primero Inicio. Se inicia el procedimiento de adjudicación de 53 alojamientos dotacionales de régimen autonómico en el municipio de Hernani, Área SU 14.8 Antziola. Segundo Régimen de cesión. La cesión de los alojamientos dot