BOPV nº 234 · · Desarrollo Económico y Competitividad
ORDEN de 18 de noviembre de 2014, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, que regula el cuaderno de explotación y su uso en las explotaciones agrarias de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
A lo largo de 2004 la Unión Europea publicó una serie de normas, denominadas globalmente como Paquete de Higiene, entre las que está el Reglamento (CE) n.º 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimentarios, en cuyo anexo I se indica que los operadores de empresa alimentaria que críen animales y que produzcan productos primarios de origen animal, o que produzcan o cosechen productos vegetales, deberán llevar registros sobre la naturaleza y origen de los alimentos suministrados, productos obtenidos, tratamientos, resultados de los análisis, utilización de productos fitosanitarios, aparición de plagas o enfermedades, etc. Por otra parte, la obligación de cumplir determinados requisitos medioambientales y de bienestar animal en la actividad agraria y la práctica de condicionar el pago de las ayudas directas de la Política Agraria Común a su cumplimiento se establecen en el marco de la Política Agraria Común mediante los Reglamentos (UE) n.º 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013; Reglamento Delegado (UE) n.º 640/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014 y Reglamento de Ejecución (UE) n.º 809/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014. Asimismo, en el marco de la actuación comunitaria para el uso sostenible de los plaguicidas, se publicaron la Directiva 2009/128/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009 y el Reglamento (CE) n.º 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009. El estado español traspuso esta normativa mediante el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre. El 24 de abril de 2008 se publicó la Orden de 10 de marzo de 2008, del Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación, que regula el cuaderno de explotación y su uso en las explotaciones agrarias. Con la entrada en vigor de este cuaderno de explotación se estableció un modelo único para todas las explotaciones agrarias, ya fueran agrícolas o ganaderas. La Orden fue modificada por Orden de 14 de julio de 2010, para introducir otros posibles usos del agua, además del riego, y mejorar las notas aclarativas del cuaderno. Los cambios normativos que se han producido desde entonces obligan a actualizar el contenido del cuaderno. Así, se incluye información sobre datos medioambientales, tratamientos fitosanitarios y zoosanitarios, cosecha obtenida, y diversos datos de las explotaciones ganaderas. La presente Orden se dicta al amparo de la competencia que el artículo 10, en sus apartados 9 y 25, del Estatuto de Autonomía para el País Vasco establece en esta materia. En su elaboración se ha consultado a las Diputaciones Forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa, así como a las organizaciones profesionales del sector agrario. En su virtud DISPONGO : Artículo 1 Objeto. Esta Orden tiene por objeto la regulación del cuaderno de explotación de las explotaciones agrícolas y ganaderas de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Artículo 2 Ámbito de