BOPV nº 220 · · Empleo y Políticas Sociales

DECRETO 212/2014, de 4 de noviembre, por el que se declara de interés social a «Ehlabe», Euskal Herriko Lan Babestuaren Elkartea, Asociación de Entidades de Trabajo Protegido del País Vasco.

El artículo 74 de la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales, establece que podrán ser declaradas de interés social las entidades sin ánimo de lucro dedicadas a la prestación de servicios sociales, que cumplan las condiciones que se determinen reglamentariamente, en reconocimiento de su trayectoria y contribución del Tercer Sector de Acción Social al desarrollo de los servicios sociales en la Comunidad Autónoma. El Decreto 424/2013, de 7 de octubre, sobre la declaración de interés social de las entidades sin ánimo de lucro de servicios sociales, regula los requisitos y el procedimiento aplicables para la obtención de la declaración de interés social. A su amparo, la entidad «Ehlabe», Euskal Herriko Lan Babestuaren Elkartea, Asociación de Entidades de Trabajo Protegido del País Vasco ha solicitado la declaración mencionada, por entender que las actividades que desarrolla de acción social la hacen merecedora del reconocimiento como entidad de interés social. Tal y como informa la Dirección de Servicios, «Ehlabe», Euskal Herriko Lan Babestuaren Elkartea, Asociación de Entidades de Trabajo Protegido del País Vasco es una entidad sin ánimo de lucro constituida en el año 1987 y tiene por objeto primordial la plena integración laboral y social de las personas con discapacidad. Además: Representar a sus entidades miembros ante cualquier foro o instancia en los ámbitos autonómico, estatal e internacional. Apoyar y coordinar las acciones de sus entidades miembros en la promoción y gestión de sus respectivas actividades. Promover programas de formación laboral y social del personal profesional y de los trabajadores con discapacidad. Potenciar iniciativas que favorezcan la mutua colaboración de los asociados en la estrategia comercial y operativa. Formación de personas con discapacidad, especialmente con retraso mental, en lista de espera y/o programas ocupacionales con vistas a su incorporación en el mercado laboral. Cuenta con una trayectoria histórica de prestación de servicios sociales en la Comunidad Autónoma del País Vasco, ya que ha acreditado el desarrollo de su actividad ininterrumpidamente desde 2009, en toda esta Comunidad. De conformidad con lo dispuesto en el citado Decreto 424/2013, de 7 de octubre, la declaración de interés social se realizará mediante Decreto acordado en Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero del Departamento competente en materia de servicios sociales que ha instruido el oportuno expediente. En su virtud, a propuesta del Consejero de Empleo y Políticas Sociales y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 4 de noviembre de 2014, DISPONGO Artículo 1 Declarar de interés social a «Ehlabe», Euskal Herriko Lan Babestuaren Elkartea, Asociación de Entidades de Trabajo Protegido del País Vasco, por considerar que contribuye al desarrollo de los servicios sociales en la Comunidad Autónoma del País Vasco mediante el desarrollo de sus actividades de acción social. Artícu

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