BOPV nº 219 · · Instituto Vasco de la Mujer
RESOLUCIÓN de 6 de noviembre de 2014, de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, por la que se otorga el reconocimiento de Entidad Colaboradora para la Igualdad de Mujeres y Hombres a la entidad IPACE Psicología Aplicada, S.L.
Mediante Decreto 11/2014, de 11 de febrero, se reguló el reconocimiento de Entidad Colaboradora para la Igualdad de Mujeres y Hombres, con la finalidad de promocionar las condiciones que faciliten la igualdad de mujeres y hombres y la remoción de obstáculos que impidan dicha igualdad, incentivando las iniciativas que puedan surgir en el ámbito socio-laboral a favor de la igualdad de oportunidades e igualdad de trato de mujeres y hombres, así como de reconocer la labor realizada por las distintas entidades en dicho ámbito. En su virtud, a la vista de la solicitud presentada por Dña. Gloria Morón Luzuriaga, en representación de la entidad IPACE Psicología Aplicada, S.L., y de la valoración realizada de los documentos de compromiso suscritos por la entidad para el desarrollo de una política de igualdad de mujeres y hombres en la organización, RESUELVO : Primero Otorgar el reconocimiento como Entidad Colaboradora para la Igualdad de Mujeres y Hombres a IPACE Psicología Aplicada, S.L., en los términos y condiciones establecidas por el Decreto 11/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el reconocimiento de Entidad Colaboradora para la Igualdad de Mujeres y Hombres, en base a los documentos de compromiso suscritos por dicha Entidad para el desarrollo de una política de igualdad de mujeres y hombres en su organización. Segundo La entidad IPACE Psicología Aplicada, S.L., podrá utilizar dicho reconocimiento en cuantos elementos corporativos de imagen considere oportunos, mientras el mismo continúe vigente, de acuerdo con los artículos 12, 13 y 14 del Decreto 11/2014. DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación en el mismo Boletín. DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA La presente Resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 6 de noviembre de 2014. La Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, MIREN IZASKUN LANDAIDA LARIZGOITIA.