BOPV nº 218 · · Seguridad
ACUERDO de 6 de noviembre de 2014, de la Junta Electoral constituida en las elecciones a representantes sindicales de los funcionarios de la Ertzaintza, convocadas por Orden de la Consejera de Seguridad, de 20 de agosto de 2014.
La Secretaria de la Junta Electoral constituida en las elecciones a representantes sindicales de los funcionarios de la Ertzaintza convocadas por Orden de la Consejera de Seguridad, de 20 de agosto de 2014, CERTIFICA : Que en sesión celebrada el día 5 de noviembre de 2014 el citado órgano colegiado ha efectuado la proclamación de los representantes electos por sindicato y por circunscripción, que han sido publicados en los centros policiales: Araba: ErNE.: 6 representantes ESAN: 4 representantes ELA: 2 representantes SiPE: 2 representantes EUSPEL: 2 representante CC.OO.: 1 representante Bizkaia: ErNE: 12 representantes ESAN: 7 representantes ELA: 4 representantes SiPE: 2 representantes EUSPEL: 1 representante Gipuzkoa: ErNE: 7 representantes ELA: 5 representantes ESAN: 4 representantes SiPE: 3 representantes EUSPEL: 1 representante Asimismo, en la misma sesión la Junta Electoral ha acordado que el número de delegados sindicales que corresponde designar a cada organización sindical, es el siguiente: ErNE: 25 delegados ESAN: 15 delegados ELA: 10 delegados SiPE: 5 delegados EUSPEL: 5 delegados CCOO: 1 delegado Asimismo, en la misma sesión la Junta Electoral ha acordado hacer público que la representación de las organizaciones, federaciones y confederaciones sindicales en el Consejo de la Ertzaintza es la siguiente: ErNE.: 2 representantes ELA: 1 representante ESAN: 1 representante SiPE: 1 representante Y para que así conste, en cumplimiento de lo previsto en los artículos 23.3 y 30.3 del Decreto 50/1993, de 16 de marzo, y para su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, expido la presente en Erandio, a 6 de noviembre de 2014. Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Bilbao en aquel juzgado en cuya circunscripción tenga domicilio el demandante, en función de lo establecido en el artículo 14.1 segunda regla de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Erandio, a 6 de noviembre de 2014. LA SECRETARIA DE LA JUNTA ELECTORAL. V.º B.º EL PRESIDENTE DE LA JUNTA ELECTORAL.