BOPV nº 218 · · Educación, Política Lingüística y Cultura

RESOLUCIÓN de 6 de noviembre de 2014, de la Viceconsejera de Administración y Servicios, del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se hace público el resultado definitivo del proceso de adecuación de plantillas del personal docente de la red pública no universitaria de los Institutos de Enseñanza Secundaria, de los Institutos Específicos de Formación Profesional Superior, Escuelas Oficiales de Idiomas y Conservatorios de Música a la nueva Relación de Puestos de Trabajo.

El Decreto 86/2002, de 16 de abril (BOPV de 19 de abril), modificado por los Decretos 198/2006, de 10 de octubre (BOPV de 25 de octubre) y 148/2008, de 29 de julio (BOPV de 14 de agosto), establece los criterios para determinar el personal docente afectado cada curso escolar por la Relación de Puestos de Trabajo de los Institutos de Enseñanza Secundaria, de los Institutos Específicos de Formación Profesional de Grado Superior, Escuelas Oficiales de Idiomas y Conservatorios de Música, y regula el proceso de readscripción del profesorado en sus respectivos Centros, en un intento de adecuar cada curso escolar la plantilla de dichos Centros Docentes Públicos a la cambiante realidad académica, demográfica y socio-lingüística de nuestra Comunidad Autónoma. Por su parte, el Decreto 409/1998, de 22 de diciembre, (BOPV de 19 de enero de 1999) establece los criterios para determinar a qué Maestros y Maestras afectan las modificaciones de las Relaciones de Puestos de Trabajo en lo referente a los cursos primero y segundo de la Educación Secundaria Obligatoria. Mediante Decreto 210/2014, de 28 de octubre (BOPV de 3 de noviembre), se aprobó la Relación de Puestos de Trabajo reservados en los Centros Públicos docentes de la Comunidad Autónoma del País Vasco al personal docente de carácter laboral y a funcionarios y funcionarias pertenecientes a los Cuerpos de Catedráticos y Catedráticas de Enseñanza Secundaria, Profesoras y Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesoras y Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesoras y Profesores de Institutos Técnicos de Enseñanzas Medias, Catedráticos y Catedráticas de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesoras y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesoras y Profesores de Música y Artes Escénicas, Catedráticos y Catedráticas de Artes Plásticas y Diseño y Profesoras y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, para el curso escolar 2014-2015. En ese Decreto figuran también los puestos de trabajo de los cursos primero y segundo de Educación Secundaria Obligatoria que pueden ser ocupados por los funcionarios y funcionarias del Cuerpo de Maestros y Maestras. En cumplimiento de lo previsto en la normativa de referencia, se ha llevado a cabo en cada Centro afectado el oportuno proceso de redistribución del personal, proceso materializado en el marco de la reunión celebrada a tal efecto, y cuyo resultado se refleja en las correspondientes actas levantadas en cada caso. A la vista de dichas actas, una vez verificada la corrección de las mismas o subsanados los defectos observados, procede en estos momentos hacer público el resultado definitivo del proceso, y éste precisamente viene a constituir el objetivo de la presente Orden. En su virtud, DISPONGO : Hacer público el resultado definitivo del proceso de adecuación de plantillas del personal docente de la red pública no universitaria de los Institutos de Enseñanza Secundaria, de los Institutos Específicos de Formación Profesional Superior, Escuelas Oficiales de Id