BOPV nº 211 · · Educación, Política Lingüística y Cultura
RESOLUCIÓN de 26 de septiembre de 2014, de la Viceconsejera de Educación, por la que se conceden ayudas a los euskaltegis o centros de capacitación idiomática ajenos al Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura, por los costos de los cursillistas matriculados durante la segunda tanda del curso 2013-2014.
La Orden de 28 de enero de 1994 (BOPV, 11 de febrero de 1994), por la que se regula el programa Irale, con respecto al desarrollo de las actividades no ejecutadas directamente por este Departamento, en el artículo 23 apartado 4, dice: la Viceconsejería de Educación, mediante la publicación en el BOPV, dará a conocer periódicamente la relación de asociaciones de enseñanza autorizadas a participar en el programa Irale durante un tiempo determinado. A fin de cumplir correctamente y a su debido tiempo dicho precepto, la Orden de 24 de julio de 2013 (BOPV, 26 de agosto de 2013) de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura dio a conocer las actividades de ejecución ajena a la Viceconsejería de Educación del programa Irale para el verano de 2013 y el curso escolar 2013-2014, así como la convocatoria para participar en las mismas. Como consecuencia de dicha Orden, por Resolución de 11 de octubre de 2013 (BOPV, 24 de octubre de 2013) de la Viceconsejera de Educación se publicó la relación de entidades o euskaltegis autorizados a participar en las actividades a desarrollar fuera del horario lectivo durante el verano de 2013 y el curso escolar 2013-2014. Dicha resolución, a su vez, en sus correspondientes disposiciones adicionales, regula los gastos correspondientes a la elaboración de material original y específico y, en determinados casos, los gastos de desplazamiento. En desarrollo de todo lo anterior, corresponde al Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura conceder la subvención correspondiente a cada euskaltegi y asociación de enseñanza en concepto de clases impartidas durante el segundo y tercer trimestre del curso 2013-2014, por lo que RESUELVO : Artículo único Aprobar la relación de euskaltegis y asociaciones de enseñanza que percibirán la subvención en concepto de costos de cursillistas matriculados durante la segunda tanda del curso 2013-2014, así como la cuantía correspondiente a dicha subvención. DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA La presente Resolución surtirá efecto a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 26 de septiembre de 2014. La Viceconsejera de Educación, MIREN ARANTZA AURREKOETXEA BILBAO. (Véase el .PDF)