BOPV nº 205 · · Desarrollo Económico y Competitividad

ORDEN de 9 de octubre de 2014, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, por la que se establecen normas de desarrollo y aplicación en la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de identificación y registro del ganado ovino y caprino.

La existencia y aplicación adecuada de la identificación y registro de los animales, y de sus movimientos, es una condición básica para el control y gestión de las explotaciones ovinas y caprinas, desde la perspectiva de la seguridad alimentaria y la sanidad animal, así como para la aplicación de diferentes regímenes de ayudas comunitarias de modo que su incumplimiento puede dar lugar a reducciones o la anulación de las mismas. Las normativas comunitaria y estatal establecen que el sector ganadero disponga de una serie de registros referentes a diversas facetas de su actividad; entre los que se encuentran el registro de las explotaciones y la identificación y registro de los animales. La Directiva 92/102/CEE del Consejo, de 27 de noviembre de 1992, relativa a la identificación y al registro de animales, incorporada al ordenamiento jurídico español por el Real Decreto 205/1996, de 9 de febrero, y el Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, establece un sistema de identificación y registro para diversas especies ganaderas, entre ellas las especies ovina y caprina, y fija la obligación de disponer de listas actualizadas de las explotaciones de dichas especies, donde se contengan sus datos básicos. De forma similar, el Reglamento CE 21/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2003, transpuesto a la legislación española por el Real Decreto 685/2013, de 16 de septiembre, establece un sistema de identificación y registro de los animales de la especie ovina y caprina. En la Comunidad Autónoma del País Vasco existen actualmente diversas normas que regulan esta cuestiones, Por lo que se refiere al registro de las explotaciones agrarias el Decreto 203/2011, de 27 de septiembre regula el Registro General de Explotaciones Agrarias de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que es un registro único para toda la Comunidad y en que se integra todo tipo de explotaciones, incluidas las ganaderas. Por lo que se refiere a la identificación y registro de los animales, la Orden de 3 de octubre de 1988, del Departamento de Agricultura y Pesca reguló específicamente la identificación del censo ovino y caprino de la Comunidad Autónoma del País Vasco y la realización de campañas de saneamiento ganadero. Recientemente, mediante Orden de 30 de marzo de 2012, de la Consejera de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca, se establecieron las normas de desarrollo y aplicación en la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de identificación y registro del ganado ovino y caprino. Sin embargo, se han detectado varios errores en la redacción de dicha Orden que, si bien no alteran el sentido de la disposición, es conveniente que sean corregidos. Asimismo, se atiende un requerimiento de la Administración General del Estado para que sea eliminada una excepción prevista en el artículo 10.3 de la Orden que se modifica. Por último, la aplicación la Orden ha puesto de manifiesto necesidad de mejorar la redacción de alguna de sus disposiciones y

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