BOPV nº 202 · · Empleo y Políticas Sociales
RESOLUCIÓN de 10 de septiembre, del Director de Trabajo y Seguridad Social, por la que se dispone el registro, publicación y depósito del Convenio Colectivo de empresas adjudicatarias del servicio de acompañamiento de transporte escolar y cuidadores de patio dependientes del Departamento de Educación del Gobierno Vasco para los años 2009, 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016 correspondientes a los años escolares (código de convenio número 86002445012005).
ANTECEDENTES Primero El día 23 de mayo de 2014 se ha presentado en REGCON, la documentación preceptiva referida al convenio antes citado, por los representantes de la Comisión Negociadora. Segundo Con fecha 26 de junio de 2014, se requirió su subsanación a la Comisión Negociadora, en relación al texto del referido convenio, que fue cumplimentada en REGCON el 4 de julio de 2014. Tercero Con fecha 8 de julio de 2014, se requirió de nuevo su subsanación, en cuanto a la cumplimentación de datos de la hoja estadística, a la que se dio respuesta el 19 de agosto de 2014. FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero La competencia prevista en el artículo 90.2 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (BOE de 29-03-1995) corresponde a esta autoridad laboral de conformidad con el artículo 11.i del Decreto 19/2013, de 9 de abril (BOPV de 24-04-2013) por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Empleo y Políticas Sociales, en relación con el Decreto 9/2011, de 25 de enero (BOPV 15-02-2011) y el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (BOE de 12-06-2010) sobre registro de convenios colectivos. Segundo El convenio ha sido suscrito de conformidad con los requisitos de los artículos 85, 88, 89 y 90 de la referenciada Ley del Estatuto de los Trabajadores. En su virtud, RESUELVO : Primero Ordenar su inscripción y depósito en el Registro de Convenios Colectivos de Euskadi, con notificación a las partes. Segundo Disponer su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 10 de septiembre de 2014. El Director de Trabajo y Seguridad Social, JOSÉ JAVIER LOSANTOS OMAR. ACOMPAÑAMIENTO DE TRANSPORTE ESCOLAR Y CUIDADORES DE PATIO DEPENDIENTES DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES E INVESTIGACIÓN DEL GOBIERNO VASCO PARA LOS AÑOS 2009, 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016. CORRESPONDIENTES A LOS AÑOS ESCOLARES. CAPÍTULO I ÁMBITO DE APLICACIÓN Artículo 1 Ámbito de aplicación. El presente convenio será de aplicación a todo el personal de las empresas concesionarias del servicio de acompañamiento de transporte escolar y cuidadores de patio, que prestan sus servicios en los centros dependientes del Departamento de Educación, Universidades e Investigación del Gobierno Vasco en los Territorios Históricos de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa. Artículo 2 Ámbito temporal. El presente convenio tendrá vigencia desde el 1 de septiembre de 2009 hasta el 31 de agosto del año 2016. Cada periodo anual de vigencia será del 1 de septiembre al 31 de agosto del año siguiente. Este convenio se entenderá denunciado el 1 de junio del año 2016. Todos los artículos del presente convenio seguirán vigentes hasta la firma del siguiente. Artículo 3 Inaplicación de las condiciones de trabajo pactadas en el presente convenio. Mientras persista la vigencia del presente convenio, la inaplicación, por parte de las empresas, de las condiciones de trabajo pactadas en el mismo, se formulará en las siguientes condicion