BOPV nº 202 · · Administración Pública y Justicia
RESOLUCIÓN 28/2014, de 2 de octubre, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno por el que se autoriza la encomienda a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea de la construcción de la infraestructura del soterramiento del Ferrocarril Metropolitano de Bilbao en Urduliz.
Habiéndose aprobado por el Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 30 de septiembre, el Acuerdo por el que se autoriza la encomienda a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea de la construcción de la infraestructura del soterramiento del Ferrocarril Metropolitano de Bilbao en Urduliz, y a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Acuerdo por el que se autoriza la encomienda a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea de la construcción de la infraestructura del soterramiento del Ferrocarril Metropolitano de Bilbao en Urduliz, que figura como Anexo a la presente. En Vitoria-Gasteiz, a 2 de octubre de 2014. El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, SANTIAGO LARRAZABAL BASAÑEZ. ANEXO A LA RESOLUCIÓN 28/2014, DE 2 DE OCTUBRE, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno el día 30 de septiembre de 2014 por el que se autoriza la encomienda a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea de la construcción de la infraestructura del soterramiento del Ferrocarril Metropolitano de Bilbao en Urduliz. El artículo 13 del Decreto 20/2012 de 15 de diciembre del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, atribuye al Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial las funciones correspondientes a ferrocarriles. El artículo 14.1.d) del Decreto 196/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial atribuye a la Dirección de Infraestructuras del Transporte la función de realizar los proyectos, obras y demás actuaciones de competencia de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco relacionadas con el Ferrocarril Metropolitano de Bilbao. Está previsto proceder al soterramiento del tramo ferroviario en el entorno de la estación de Urduliz de la Línea 1 del Ferrocarril Metropolitano de Bilbao y la carretera BI-634 Plentzia-Bilbao. Esta actuación se sitúa en el marco de distribución de competencias previsto en los artículos 10.32 y 12.9 en relación con el 10.2 del Estatuto de Autonomía para Euskadi, y en la Ley 27/1983, de 25 de noviembre, de Relaciones entre las Instituciones Comunes de la Comunidad y los Órganos Forales de sus Territorios Históricos que se complementa en lo que respecta a la materia de transportes ferroviario, por lo dispuesto en la Ley 6/2004, de 21 de mayo de Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea. El contexto político e institucional de la Ley 44/1975, de 30 de diciembre, del Consorcio de Transportes de Bizkaia fue superado con el Estatuto de Autonomía y las disposiciones dictadas con arreglo a la misma, especialmente la Ley 6/2004, de 21 de mayo, de Red Ferroviaria VascaEusk