BOPV nº 199 · · eLankidetza-Agencia Vasca de Cooperación y Solidaridad
RESOLUCIÓN de 8 de octubre de 2014, de la Secretaria General de Acción Exterior, por la que se convocan seis becas de especialización de profesionales en el área de cooperación para el desarrollo para 2014-2015.
Mediante la presente convocatoria se da cumplimiento, para el año 2014, a las previsiones contenidas en el Decreto 138/1997, de 17 de junio, por el que se regulan las becas de especialización de profesionales en el área de cooperación al desarrollo (Boletín Oficial del País Vasco n.º 125, de 2 de julio de 1997). En términos generales no se reiterarán en esta Resolución los contenidos de dicho Decreto, de obligada consulta para las personas interesadas que deseen presentarse a esta convocatoria de ayudas. El artículo 2.1 del Decreto establece que estas becas se convocarán anualmente mediante Resolución del Secretario de la Presidencia, debiendo señalarse en todo caso el objeto de la convocatoria, duración de la beca, dotación y pago de las becas, lugar y plazo de presentación de solicitudes, modelos de solicitud y adjudicación. En la actualidad, y por aplicación conjunta de las previsiones de los Decretos 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos y Decreto 187/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional de Lehendakaritza, el órgano competente es la Secretaria General de Acción Exterior. En cuanto a la gestión de las citadas ayudas y a las resoluciones que hubieren de dictarse, la competencia corresponde a los órganos de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, en virtud de lo dispuesto en los artículos 4.b) de la Ley 5/2008, de 19 de junio, por la que se crea y regula la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo y 5.b) del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, aprobado por Decreto 95/2010, de 23 de marzo. Por último, cabe señalar que la presente convocatoria ha sido objeto de acuerdo y propuesta por parte del Consejo Rector de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, en sesión celebrada el 17 de junio de 2014. En su virtud, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. El objeto de la presente Resolución es convocar para el ejercicio 2014-2015 seis becas destinadas a impulsar la especialización y formación de profesionales en el área de Cooperación para el Desarrollo, que se desarrollarán durante un periodo de doce meses. La fecha de inicio, previa al 31 de diciembre de 2013, será determinada por el Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo. Artículo 2 Duración y lugar de desarrollo. Las becas tendrán una duración de doce meses contados a partir de la fecha que fije la Resolución del Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo por la que se proceda a su adjudicación. La especialización y formación de las personas beneficiarias de las becas se llevará a cabo en dependencias de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, en Vitoria-Gasteiz, sin perjuicio de que, por razones de operatividad o por el contenido