BOPV nº 198 · · Academia Vasca de Policía y Emergencias
RESOLUCIÓN de 10 de octubre de 2014, de la Directora General de la Academia Vasca de Policía y Emergencias, por la que se convoca procedimiento selectivo para ascenso a la Categoría de Intendente de la Escala Superior de la Ertzaintza.
La presente convocatoria se realiza de conformidad con lo dispuesto en la Ley 4/1992, de 17 de julio, de Policía del País Vasco y en el Decreto 315/1994, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Selección y Formación de la Policía del País Vasco, y las modificaciones efectuadas al mismo por el Decreto 111/2002, de 21 de mayo, el Decreto 36/2004, de 17 de febrero, y el Decreto 120/2010, de 20 de abril. Igualmente es atendida la solicitud en tal setido efectuada por el Viceconsejero de Seguridad. En base a todo ello, esta Directora General ha resuelto convocar procedimiento selectivo para ascenso a la Categoría de Intendente de la Escala Superior de la Ertzaintza, de acuerdo con las siguientes: BASES DE CONVOCATORIA: Primera Objeto de la convocatoria. Se convoca procedimiento selectivo mediante el sistema de concurso-oposición por promoción interna que se complementará como una fase más del mismo con la realización de un curso de formación y un periodo de prácticas, de 6 plazas de la Categoría de Intendente de la Escala Superior de la Ertzaintza, correspondientes al Grupo A, Subgrupo A1 de clasificación de los funcionarios y funcionarias de las Administraciones Públicas Vascas en función de la titulación exigida para el ingreso. El número de plazas que se convocan podrá ser ampliable. Dicha ampliación se hará pública de conformidad con lo previsto en la Base Decimonovena mediante Resolución de la Directora General de la Academia Vasca de Policía y Emergencias, de acuerdo a lo previsto en el artículo 40.2 del Decreto 315/1994, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Selección y Formación de la Policía del País Vasco. Tal ampliación se regirá igualmente por las presentes Bases, y, en todo caso, deberá ser dispuesta con anterioridad al trámite previsto en la Base Undécima, n.º 3. Segunda Requisitos de participación. Las personas que deseen tomar parte en el procedimiento selectivo, para ser admitidas, deberán reunir los siguientes requisitos: a) Efectuar solicitud previa. b) Tener la condición de funcionario o funcionaria de carrera de la Ertzaintza. c) Hallarse en la situación administrativa de servicio activo en alguna de las categorías que a continuación se expresan, concurriendo las circunstancias que se indican: c.1. Hallarse en situación de servicio activo en la Categoría de Comisario/a, habiendo completado tres años de servicios efectivos en la categoría de Comisario/a de la Ertzaintza de acuerdo a lo establecido en el artículo 59.3 de la Ley de Policía del País Vasco y: c.1.1. Hallarse en posesión del título de Doctor/a, Licenciado/a, Ingeniero/a, Arquitecto/a o equivalente. c.1.2. También podrán concurrir quienes careciendo de la citada titulación, posean la propia del grupo de clasificación inmediatamente inferior (grupo A, Subgrupo A2) y hayan superado el curso de capacitación determinado, conforme a lo regulado en el número 2 del artículo 59 de la Ley 4/1992, de 17 de julio, de Policía del País Vasco. Dadas las