BOPV nº 194 · · Desarrollo Económico y Competitividad

ORDEN de 8 de octubre de 2014, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, por la que se procede a la convocatoria de ayudas, para el ejercicio 2014, al amparo del Decreto 302/2010, de 16 de noviembre, de ayudas a la inversión en infraestructuras ligadas a energías renovables en el sector agrario y silvícola.

El Decreto 302/2010, de 16 de noviembre, de ayudas a la inversión en infraestructuras ligadas a energías renovables en el sector agrario y silvícola, tiene por objeto regular el régimen de ayudas destinadas a la inversión en este tipo de infraestructuras en el sector agrario y/o silvícola de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Estas ayudas están englobadas en el marco del Programa de Desarrollo Rural Sostenible del País Vasco 2007-2013 aprobado por Decisión de la Comisión C (2008) 704, de 15 de febrero de 2008, modificado mediante Decisión C (2010) 1228, de 2 de marzo de 2010. El artículo 9.2 del citado Decreto establece que, anualmente, por Orden de la Consejera, se efectuará la convocatoria de las ayudas reguladas, se abrirán los plazos de presentación de solicitudes de ayuda, se dará publicidad al crédito presupuestario disponible y se determinará la duración de los proyectos objeto de ayuda, no pudiendo contravenir su contenido lo dispuesto en el Decreto. En su virtud, RESUELVO : Primero Objeto. Es objeto de la presente Orden convocar las ayudas reguladas en el Decreto 302/2010, de 16 de noviembre, de ayudas a la inversión en infraestructuras ligadas a energías renovables en el sector agrario y silvícola, para el ejercicio 2014. Segundo Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes para acceder en el ejercicio 2014 a la convocatoria de ayudas reguladas por el Decreto 302/2010, de 16 de noviembre, será de un mes, a contar desde el día que surta efectos la presente Orden. Tercero Solicitudes y documentación a presentar. El impreso de solicitud para acogerse a las ayudas objeto de la presente convocatoria estará disponible en la página Web del Departamento www.nasdap.ejgv.euskadi.net y se presentará bien directamente ante la Dirección de Calidad e Industrias Alimentarias del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad del Gobierno Vasco, bien por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 y 38.9 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. A la solicitud deberá acompañarse toda la documentación prevista en el artículo 9.1 del Decreto 302/2010, de 16 de noviembre. Cuarto Recursos económicos. Los recursos económicos destinados a financiar las ayudas del ejercicio 2014 ascienden a un total de 62.500 euros. Los créditos presupuestarios con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi ascienden a la cantidad de 40.000 euros. En lo que respecta al fondo comunitario Feader, al amparo del Plan de Desarrollo Rural Sostenible de la Comunidad Autónoma del País Vasco (PDRS) 2007-2013, prorrogado en 2014, la cuantía concreta de los créditos destinados al cumplimiento del objeto del citado Decreto será de 22.500 euros. El volumen total de las ayudas a conceder dentro de cada ejercicio presupuestario no superará la dotación global máxima destinada a su financiación que anualmente se establezc

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