BOPV nº 194 · · Educación, Política Lingüística y Cultura

DECRETO 72/2014, de 29 de abril, por el que se establece el currículo correspondiente al título de Técnica o Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Animación perteneciente a la familia profesional artística de Comunicación Gráfica y Audiovisual.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el Capítulo VI del Título I clasifica las enseñanzas de artes plásticas y diseño dentro de las enseñanzas artísticas profesionales, y las organiza en ciclos de formación específica cuya finalidad es proporcionar al alumnado una formación artística de calidad y garantizar la cualificación de los y las futuras profesionales de las artes plásticas y el diseño. El Real Decreto 596/2007, de 4 de mayo, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, define en el artículo 5, la estructura de los títulos de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño. El artículo 5b concreta el perfil profesional de dichos títulos, que incluirá la competencia general, las competencias profesionales y, en su caso, las cualificaciones del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en los títulos. En este marco normativo, el Real Decreto 1427/2012, de 11 de octubre, por el que se constituye la familia profesional artística de Comunicación Gráfica y Audiovisual, se establece el título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Animación perteneciente a dicha familia profesional artística y se aprueban las correspondientes enseñanzas mínimas, sustituye a la familia profesional de Diseño Gráfico constituida en el Real Decreto 1456/1995, de 1 de septiembre, por el que se establecen los títulos de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Gráfica Publicitaria, en Ilustración y en Fotografía Artística, pertenecientes a la familia profesional de Diseño Gráfico y se aprueban sus enseñanzas mínimas, y establece el título profesional de Técnica o Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Animación y fija sus enseñanzas mínimas. Por otro lado, el artículo 13 del precitado Real Decreto 596/2007, de 4 de mayo, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, dispone que las Administraciones educativas establecerán los currículos correspondientes a cada título respetando lo en él dispuesto y en las normas que regulen los títulos respectivos. El Decreto 46/2007, de 20 de marzo, regula la realización de la fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres (FFP), en los ciclos formativos de Artes Plásticas y Diseño, establecidos por la citada Ley. De acuerdo con los antecedentes expuestos, el objetivo del presente Decreto es establecer para la Comunidad Autónoma del País Vasco el currículo para las Enseñanzas Artísticas Profesionales correspondientes al título de Técnica o Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Animación, al amparo del Real Decreto 1427/2012, de 11 de octubre, por el que se establece el título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Animación perteneciente a la profesional artística de Comunicación Gráfica y Audiovisual y aprueba sus enseñanzas mínimas. En el currículo del presente título, de Técnica o Técnico Superior de Art

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