BOPV nº 192 · · Administración Pública y Justicia
ORDEN de 20 de agosto de 2014, del Consejero de Administración Pública y Justicia, por la que se aprueba la modificación de estatutos del Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Álava.
Visto y examinado el expediente de solicitud de aprobación de la modificación de estatutos del Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Álava, sobre la base de los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO Primero Habiendo tenido entrada en el Departamento de Justicia y Administración Pública, actualmente Departamento de Administración Pública y Justicia, solicitud de aprobación de la modificación de estatutos del Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Álava, fueron solicitados los informes preceptivos al Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad del Gobierno Vasco, a la Autoridad Vasca de la Competencia y al Consejo de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales del País Vasco. Segundo Una vez recibidos los informes favorables del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad, y del Consejo de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales del País Vasco, así como el informe de la Autoridad Vasca de la Competencia, fue remitido éste último al Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Álava para la subsanación de los defectos señalados en el mismo. Tras el requerimiento efectuado por el Departamento de Administración Pública y Justicia el 4 de febrero de 2014, el Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Álava remitió el 5 de marzo de 2014 los estatutos subsanados. Tercero El Consejo de Ingenieros Industriales del País Vasco, así como los Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales de Gipuzkoa, Álava y Bizkaia, presentaron un escrito solicitando la paralización del expediente de modificación de estatutos del Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Álava, así como ser considerados parte interesada en dicho expediente para poder realizar las alegaciones que estimasen pertinentes. Una vez presentadas las alegaciones del Consejo de Ingenieros Industriales del País Vasco, fueron remitidas las mismas al Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Álava, el cual presentó las correspondientes alegaciones el 8 de julio de 2014, mediante las cuales queda acreditada la legalidad de los estatutos subsanados. Cuarto El expediente ha sido examinado por los Servicios Técnicos del Departamento de Administración Pública y Justicia que, a su vista, han elevado Propuesta de Resolución, atendiendo a los siguientes: FUNDAMENTOS JURÍDICOS Primero El Estatuto de Autonomía para el País Vasco, aprobado por Ley Orgánica 3/1979 de 18 de diciembre, en el artículo 10.22, establece la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de Colegios Profesionales y el ejercicio de las profesiones tituladas, sin perjuicio en lo dispuesto en los artículos 36 y 139 de la Constitución Española. Segundo Corresponde al Consejero de Administración Pública y Justicia dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en los artículos 2-1.2 y 8-1-d) del