BOPV nº 188 · · Desarrollo Económico y Competitividad

ORDEN de 24 de septiembre de 2014, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, por la que se convocan para el año 2014 las ayudas a la implantación de servicios de gestión, sustitución y asesoramiento, y se da publicidad al volumen total de la ayuda nacional complementaria a la instalación de jóvenes agricultores.

El artículo 12 del Decreto 133/2008, de 8 de julio, sobre ayudas estructurales y ambientales al sector agrario, establece que se concederán ayudas a la implantación o adecuación de servicios de gestión, sustitución y asesoramiento a las explotaciones agrarias y forestales en la CAPV con el objetivo de facilitar a los agricultores y silvicultores la adaptación, mejora y gestión de sus explotaciones, y de contribuir a aumentar el rendimiento global de las mismas. Asimismo, su artículo 29 dispone que mediante Orden del Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación (actualmente Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad) se procederá a realizar la convocatoria de las ayudas previstas en el artículo 12 de dicho Decreto. En dicha convocatoria se establecerán los plazos de presentación de solicitudes para cada uno de los ejercicios y se dará a conocer el volumen total de las ayudas a conceder dentro de cada ejercicio presupuestario, con cargo al Feader y a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Por lo que se refiere a las ayudas a la instalación de jóvenes agricultores, el artículo 10 del Decreto 133/2008, de 8 de julio, establece que además de la ayuda prevista en el artículo anterior de dicho Decreto, se podrá conceder una ayuda nacional complementaria a los jóvenes agricultores conforme a los mismos requisitos, criterios y procedimientos previstos en dicho artículo. Asimismo, su artículo 27 dispone que la solicitud de ambas ayudas a la instalación de jóvenes agricultores se presentará conjuntamente ante el Órgano Foral responsable de las Oficinas del Joven Agricultor en los plazos, lugares y forma que determinen las Diputaciones Forales y que mediante Orden del Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación (actualmente Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad) se dará publicidad al volumen total de las ayudas a conceder dentro de cada ejercicio presupuestario en virtud del artículo 10 de dicho Decreto con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco. En su virtud, RESUELVO : Primero Objeto. a) Es objeto de la presente Orden convocar para el año 2014 las ayudas a la implantación de servicios de gestión, sustitución y asesoramiento previstas en el artículo 12 del Decreto 133/2008, de 8 de julio, sobre ayudas estructurales y ambientales al sector agrario. b) Asimismo, mediante la presente Orden se da publicidad al volumen total para el año 2014 de los recursos destinados a ayuda nacional complementaria a la instalación de jóvenes agricultores prevista en el artículo 10 del Decreto 133/2008, de 8 de julio. Segundo Plazo de presentación de solicitudes de las ayudas a la implantación de servicios de gestión, sustitución y asesoramiento. Las solicitudes de ayuda a la implantación de servicios de gestión, sustitución y asesoramiento se presentarán ante la Dirección de Agricultura y Ganadería del Gobierno Vasco en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación de la

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