BOPV nº 178 · · Educación, Política Lingüística y Cultura

RESOLUCIÓN de 29 de agosto de 2014 de la Viceconsejera de Administración y Servicios del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se regula la fase de prácticas para el ingreso en los Cuerpos de Maestras y Maestros y de Profesores y Profesoras de Enseñanza Secundaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Mediante Orden de 28 de agosto de 2014 de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, se nombran funcionarias y funcionarios en prácticas de los Cuerpos de Maestras y Maestros y de Profesores y Profesoras de Enseñanza Secundaria, a aspirantes seleccionados en los procedimientos selectivos convocados por Órdenes de 10 de diciembre de 2009, de 17 de diciembre de 2010 y de 10 de febrero de 2012 de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, como consecuencia de la ejecución de pronunciamientos judiciales del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. Procede, de acuerdo con las citadas convocatorias, regular dichas prácticas y determinar la composición y competencias de las Comisiones Calificadoras. En consecuencia, RESUELVO : Primero Las prácticas realizadas por las personas nombradas como funcionarios en prácticas de los Cuerpos de Maestras y Maestros y de Profesores y Profesoras de Enseñanza Secundaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco, serán calificadas por las Comisiones cuya composición y procedimiento de actuación se establece a continuación: Se constituirán las siguientes Comisiones Calificadoras compuestas por: CUERPO DE MAESTRAS Y MAESTROS En la CAPV se constituirá una única Comisión integrada por: Un Inspector o inspectora de Educación, que será designado/a por el Director de Gestión de Personal del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura y actuará como Presidente/a. Un Director o Directora de Centro Público de Educación Infantil y Primaria que actuará como vocal designado/a por el Director de Gestión de Personal del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura. Cuatro funcionarios o funcionarias de carrera del Cuerpo de Maestros, con un mínimo de diez años de servicios en el Cuerpo, que actuarán como vocales designados por el Director de Gestión de Personal del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura. CUERPO DE PROFESORES Y PROFESORAS DE ENSEÑANZA SECUNDARIA En la CAPV se constituirá una única Comisión integrada por: Un Inspector o inspectora de Educación, que será designado/a por el Director de Gestión de Personal del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura y actuará como Presidente/a. Un Director o Directora de Instituto de Enseñanza Secundaria que actuará como vocal designado/a por el Director de Gestión de Personal del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura. Cuatro funcionarios o funcionarias de carrera del Cuerpo de Profesores y Profesoras de Enseñanza Secundaria, con un mínimo de diez años de servicios en el Cuerpo, que actuarán como vocales designados por el Director de Gestión de Personal del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura. La composición de las Comisiones Calificadoras será publicada en los tablones de anuncios de las Delegaciones Territoriales de Educación y en la página web del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura: www.hezkuntza.ejgv.euskadi.net Los miembros