BOPV nº 177 · · Medio Ambiente y Política Territorial

RESOLUCIÓN de 17 de julio de 2014, de la Directora de Administración Ambiental, por la que se formula la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto de defensa contra inundaciones del río Urumea a su paso por el barrio de Martutene en Donostia-San Sebastián (Fase I).

De conformidad con la Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco, los proyectos contemplados en el apartado B) de su anexo I quedan sometidos al procedimiento de evaluación individualizada de impacto ambiental, que culmina en una declaración de impacto ambiental a formular con carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la realización o, en su caso, autorización de los citados proyectos. Iniciado el procedimiento de aprobación del proyecto de defensa contra inundaciones del río Urumea a su paso por el barrio de Martutene en Donostia-San Sebastián, y resultando de aplicación lo dispuesto tanto en la Ley 3/1998, de 27 de febrero General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco, como en el Real Decreto Legislativo 1/2008 de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, se han formalizado en relación con el mismo, entre otros, los trámites que a continuación se relacionan: Determinación del alcance del estudio de impacto ambiental. A instancias de la Agencia Vasca del Agua Ura, con fecha 23 de abril de 2012 la Viceconsejería de Medio Ambiente dio inicio al trámite de consultas previsto en el artículo 8.1 del Real Decreto Legislativo 1/2008 de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos. Dicho trámite culminó con la emisión por parte del órgano ambiental, en fecha 10 de julio de 2012, del informe sobre la amplitud y nivel de detalle del estudio de impacto ambiental. Trámite de información pública. El órgano competente sometió el proyecto de defensa contra inundaciones del río Urumea a su paso por el barrio de Martutene en Donostia-San Sebastián desglosado en las fases I y II, y los estudios de impacto ambiental correspondientes al trámite de información pública (Boletín Oficial del País Vasco n.º 3, de 7 de enero de 2014). Trámite de audiencia. En fecha 27 de diciembre de 2013 el órgano competente consultó a las administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas, de acuerdo con el artículo 9.3 del citado Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero. Con fecha 4 de abril de 2014 la Agencia Vasca del Agua Ura solicitó la emisión de la declaración de impacto ambiental del conjunto del proyecto de defensa contra inundaciones del río Urumea a su paso por el barrio de Martutene en Donostia-San Sebastián. Con fecha 23 de abril de 2014 el órgano ambiental comunicó a la Agencia Vasca del Agua que la solicitud no cumplía la totalidad de los requisitos exigidos para su admisión a trámite, explicitó los términos en los que dicha solicitud debía completarse y estableció un plazo de 15 días para la subsanación de las deficiencias observadas, indicando que si así no lo hiciera, se le tendría por desistida en su solicitud. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera producido la subsanación de la solicitud, mediante Resolución de 26 de mayo de 201

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