BOPV nº 174 · · Educación, Política Lingüística y Cultura
ORDEN de 9 de septiembre de 2014, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se convoca y regula la concesión de subvenciones en el ejercicio 2014 para la organización de festivales, ciclos, concursos, certámenes y acciones singulares en diferentes ámbitos de la cultura.
De conformidad con el Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos (BOPV n.º 243, de 17 de diciembre de 2012), competen al Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura las funciones relativas a actividades artísticas y culturales, así como su difusión. Dichas funciones se atribuyen en el seno de este Departamento, a través del Decreto 193/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura (BOPV n.º 78, de 24 de abril de 2013), a la Dirección de Promoción de la Cultura. Asimismo, la normativa vigente en la Comunidad Autónoma de Euskadi en materia de subvenciones y ayudas está contenida en el Título VI de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco según el texto refundido de la misma aprobado por el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre TRLPOHGPV. Este Departamento estima oportuno proceder a arbitrar un cauce para apoyar la realización de festivales, ciclos, concursos, certámenes y acciones singulares que se desarrollen en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Euskadi, actuación encuadrable en su ámbito de competencia, mediante la concesión de subvenciones para la organización de este tipo de actividades en las diversas áreas culturales, particularmente del audiovisual, teatro, danza, música, artes visuales y literatura. Con tal medida se pretende obtener una fórmula que facilite el acceso de la sociedad al disfrute de la producción cultural en sus distintas manifestaciones. En su virtud, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. El objeto de la presente Orden es la convocatoria y regulación de las condiciones de concesión de subvenciones durante el ejercicio 2014 a la organización de festivales, ciclos, concursos, certámenes y acciones singulares en diferentes ámbitos de la cultura, particularmente del audiovisual, teatro, danza, música, artes visuales y literatura, que presenten un elevado grado de especialización o singularidad y sean de especial interés para el panorama cultural de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Las actividades subvencionables deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Independientemente del domicilio social de la entidad organizadora, los programas o actividades se desarrollarán en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Euskadi, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2014. b) El programa o actividad presentado para ser subvencionado será económicamente viable, acreditando dicha viabilidad por medio de la presentación de un presupuesto equilibrado, y que respete los límites de financiación establecidos en el artículo 11 de esta Orden. Quedarán excluidas: a) Las programaciones culturales generales; en este sentido, los y las solicitantes deberán seleccionar de sus programacion