BOPV nº 173 · · Desarrollo Económico y Competitividad

RESOLUCIÓN de 25 de agosto de 2014, del Director de Energía, Minas y Administración Industrial del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad, por la que se declara la Utilidad Pública para la Ampliación de servidumbre de la zona de protección correspondiente a la línea eléctrica aérea a 132 kV, denominada ST Hernani-ST Azpeitia 1 y 2 y sus derivaciones, en los términos municipales de Hernani, Urnieta, San Sebastián, Lasarte-Oria, Usurbil, Orio, Aia, Zarautz, Zestoa, Azpeitia, Aizarnazabal y Zumaia. Ref.: 24040/AT-H-2012-161.

ANTECEDENTES DE HECHO Con fecha 12 de noviembre de 2012 la empresa Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., con domicilio a efectos de notificación en Erandio, Ribera de Axpe, n.º 5-2.º, solicitó Declaración en concreto de la Utilidad Pública y Declaración de Impacto Ambiental para la Ampliación de la servidumbre de la zona de protección conrrespondiente a la línea eléctrica aérea a 132 kV, denominada ST Hernani-St Azpeitia 1 y 2 y sus derivaciones, en los términos municipales de Hernani, Urnieta, San Sebastián, Lasarte-Oria, Usurbil, Orio, Aia, Zarautz, Zestoa, Azpeitia, Aizarnazabal y Zumaia, en el Territorio Histórico de Gipuzkoa. Junto con la solicitud aportaba el Proyecto técnico correspondiente, las separatas del mismo y el Estudio de Impacto ambiental. A los efectos previstos en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, fue publicado el anuncio por el que se somete a información pública la citada solicitud de Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U. en el BOPV con fecha 30-05-2013, en el BOG con fecha 21-05-2013 y en El Diario Vasco con fecha 23-05-2013, junto con la relación de bienes y derechos que dicha empresa considera necesario expropiar. Con fecha 14 de mayo de 2013 se remitió oficio a los Ayuntamientos de Hernani, Urnieta, San Sebastián, Lasarte-Oria, Usurbil, Orio, Aia, Zarautz, Zestoa, Azpeitia, Aizarnazabal y Zumaia a fin de que se procediese a la exposición del anuncio citado en el Tablón de Edictos. Con fecha de 14 de mayo de 2013 se remitió separata a los Ayuntamientos de Hernani, Urnieta, San Sebastián, Lasarte-Oria, Usurbil, Orio, Aia, Zarautz, Zestoa, Azpeitia y Aizarnazabal a los efectos de que prestaran su conformidad u oposición a la autorización solicitada. Los Ayuntamientos de Hernani, San Sebastián, y Azpeitia manifestaron su conformidad al Proyecto presentado, imponiendo una serie de condicionados. Los Ayuntamientos de Aizarnazabal y Zestoa manifestaron su conformidad al Proyecto presentado. El resto de ayuntamientos consultados, reiterada la petición de informe, no contestaron a la misma. Con fecha 14 de mayo de 2013 se remitieron sendas separatas al Departamento de Movilidad e Infraestructuras Viarias y a la Dirección de Montes y Medio Natural, ambos de la Diputación Foral de Gipuzkoa, y a URA-Agencia Vasca del Agua, solicitándoles informe. La Dirección de Montes y Medio Natural de la Diputación Foral de Gipuzkoa y URA-Agencia Vasca del Agua, reiterada la petición de informe, no contestaron a la misma. El Departamento de Movilidad e Infraestructuras Viarias de la Diputación Foral de Gipuzkoa solicitó ampliación de documentación, solicitud que fue contestada por la empresa peticionaria. Enviada la nueva documentación al Departamento de Movilidad e Infraestructuras Viarias, éste no se pronunció al respecto. Habiendo dado traslado de los condicionados impuestos por los Ayuntamientos de Hernani, San Sebastián y Azpeitia a la empresa peticionaria Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., ésta conte