BOPV nº 168 · · Medio Ambiente y Política Territorial
RESOLUCIÓN de 2 de agosto de 2010, de la Viceconsejera de Medio Ambiente, por la que se concede autorización ambiental integrada para el sellado y control post-clausura del depósito controlado de residuos no peligrosos de Berriz, promovido por Garbiker, AB (S.A.) en el término municipal de Berriz (Bizkaia).
ANTECEDENTES DE HECHO Con fecha 27 de noviembre de 2008, D. Mikel Huizi Leiza en nombre y representación de Garbiker AB (S.A.), solicitó ante el Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Gobierno Vasco el otorgamiento de una autorización ambiental integrada de conformidad con lo dispuesto en la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, para el sellado y control post-clausura del depósito controlado de residuos no peligrosos de Berriz, en el municipio de Berriz (Bizkaia). La solicitud se acompañaba de la siguiente documentación técnica: Proyecto de recuperación ambiental y sellado del depósito controlado de residuos inertes de Berriz (Bizkaia), (n.º 2.667 de fecha 29-02-2008). En el momento de la solicitud de la autorización de referencia, Garbiker AB (S.A) tenía, entre otras, licencias de: Licencia de actividad y habitabilidad (Decreto de alcaldía del ayuntamiento de Berriz 94-30314). Licencia de actividad de la ampliación del vertedero (Decreto de alcaldía del ayuntamiento de Berriz 2002-30407). Una vez constatada la suficiencia de la documentación aportada, por Resolución 12 de marzo de 2009, del Viceconsejero de Medio Ambiente, se acuerda someter a información pública, por un periodo de 30 días hábiles, el proyecto promovido por Garbiker AB (S.A.) en orden a la presentación de cuantas alegaciones se estimasen oportunas, procediéndose a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco y en el del Territorio Histórico de Bizkaia, ambas con fecha de 20 de abril de 2009. Igualmente se procede al anuncio pertinente en dos periódicos de la Comunidad Autónoma del País Vasco con fecha de 12 de abril de 2009 y a efectuar la oportuna notificación personal a los vecinos colindantes. Una vez culminado el trámite de información pública se constata que no se ha presentado ninguna alegación al respecto. En aplicación de lo dispuesto en los artículos 17 y 18 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, la Dirección de Calidad Ambiental solicita el 1 de junio de 2009 informe al Ayuntamiento de Berriz y al Departamento de Sanidad y Consumo del Gobierno Vasco, con el resultado que obra en el expediente. Con fecha 9 de junio de 2010, y en aplicación del artículo 20 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, el conjunto del expediente es puesto a disposición de Garbiker AB (S.A.) incorporando la Propuesta de Resolución elaborada por el Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca. El día 17 de junio de 2010 se recibe comunicación del promotor en el que se formulan diversas consideraciones en relación con la Propuesta de Resolución de Autorización Ambiental Integrada. FUNDAMENTOS DE DERECHO : De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrado de la Contaminación, constituye el objeto de la misma evitar o, cuando ello no sea posible, reducir y controlar la contaminaci