BOPV nº 164 · · Educación, Política Lingüística y Cultura

ORDEN del 29 de agosto de 2014, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se convocan subvenciones destinadas a las federaciones y asociaciones con relaciones estatutarias o reglamentarias con centros privados concertados que imparten Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, para el desarrollo de proyectos básicamente trilingües (y plurilingües), y para la formación del profesorado en lengua extranjera derivada de esos proyectos en el curso 2014-2015.

Tras un proceso de reflexión, y con las aportaciones de los diferentes agentes de la comunidad educativa, el Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura ha puesto en marcha el Plan Prest_Gara, de Formación Permanente del Profesorado no universitario, para el periodo 2014-2017. Prest_Gara aúna, a través de diferentes convocatorias, las cinco líneas de actuación prioritarias del Departamento, que son las siguientes: 1) Hacia el plurilingüismo, 2) Sare_Hezkuntza, 3) Aprendiendo a vivir juntos y juntas en la diversidad, 4) Desarrollo de las competencias básicas «aprender a aprender» y «aprender a ser» y 5) Hacia la excelencia partiendo de las buenas prácticas y del emprendimiento. La presente convocatoria se engarza con la primera de las líneas de actuación citadas, «Hacia el plurilingüismo», y obedece a la apuesta inequívoca del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura por continuar dando pasos progresivos hacia la extensión de una educación básicamente trilingüe (y plurilingüe), con el euskera como eje central, a fin de que el alumnado alcance con carácter general una competencia comunicativa avanzada y real en euskera y castellano, y suficiente en inglés (u otra lengua extranjera), al finalizar la educación obligatoria, sin excluir la posibilidad de adquirir conocimientos básicos en una cuarta lengua en aquellos centros que así lo prevean en sus proyectos lingüísticos. El carácter de atención preferente al euskera se debe a la situación de desequilibrio y de inferioridad social en relación con la otra lengua oficial, el castellano, siendo objetivo del sistema educativo vasco contribuir de la manera más eficaz posible a una situación de equilibrio e igualdad efectiva y real en el uso de ambas lenguas oficiales en sus usos sociales. De ahí que la educación vasca educación plurilingüe o trilingüe sobre una base bilingüe, deba seguir desempeñando una función compensatoria a favor de la competencia en euskera en aras de una mayor y efectiva igualdad de oportunidades de conocimiento y uso de las dos lenguas oficiales. Todo ello, en cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley 10/1982, básica de normalización del uso del euskera, la Ley 1/1993, de la Escuela Pública Vasca, y en el Decreto 138/1983, de 11 de julio, del Departamento de Educación y Cultura, por el que se regula el uso de las lenguas oficiales en la enseñanza no universitaria en el País Vasco, marco de la normativa vasca en materia lingüística. En el actual sistema educativo vasco coexisten diversos proyectos trilingües y plurilingües para la enseñanza en idioma extranjero (principalmente, el inglés). Son el Proyecto Eleanitza, en Educación Secundaria y Bachillerato, y el Marco de Experimentación Trilingüe (MET), en Educación Primaria y Secundaria. Merece especial mención este último, ya que se trata de un proceso de experimentación singular y de repercusión social, de cuya evaluación de la primera fase, a la espera de finalizar la segunda, se puede r

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