BOPV nº 158 · · Empleo y Políticas Sociales
ORDEN de 30 de julio de 2014, del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, por la que se convocan y regulan ayudas dirigidas a la consolidación de estructuras asociativas de las empresas y entidades de economía social de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
La representación, defensa y promoción de los intereses de las empresas de economía social por sus entidades asociativas corresponde con la promoción, estímulo y desarrollo de las propia entidades de economía social y de sus estructuras de integración representativa, lo cual se califica como función de interés social por las normas que regulan los diversos tipos societarios con que aquellas se revisten; función que por otra parte, el legislador asigna al ejecutivo correspondiente. En la Comunidad Autónoma del País Vasco desde la creación de una unidad administrativa específica para cooperativas y sociedades laborales en el seno del ejecutivo vasco, fue patente la necesidad de contar con unas estructuras asociativas de este tipo de empresas pues solo en colaboración con las mismas pueden desarrollarse políticas públicas coherentes, efectivas y eficientes de promoción y desarrollo de una economía social vasca sólida y con futuro. A medida que se ha incrementado la tipología de los sujetos que integran la economía social y muy especialmente desde la aprobación de la Ley de Economía Social, el programa de ayudas de creación y consolidación de este tipo de estructuras asociativa se ha modificado adecuándose a los nuevas referencias jurídicas por una parte y a la realidad histórica y actual de su evolución en esta Comunidad Autónoma, por otra. La presente Orden sigue el mismo criterio, facilitando la creación y consolidación de todo tipo asociativo en los sectores en donde no existen estructuras ya creadas de carácter más representativo a la par que reconociendo la especificidad de estructuras históricas que siguen prestando funciones de representación y defensa diferenciada del sector que asocian. A ello se han añadido elementos de mejora operativa como los que afectan a la cumplimentación por los beneficiarios de los conceptos de gasto a subvencionar y a la Administración su valoración y control. En cualquier caso, las líneas maestras en que se basa la regulación de la presente ayuda se han mantenido en las sucesivas versiones, consistiendo básicamente en la corresponsabilidad público-privada del apoyo. En su virtud, habiéndose aprobado la Ley 4/2013, de 20 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2014, y oído el Consejo Superior de Cooperativas de Euskadi, RESUELVO : CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 Objeto. La presente Orden tiene por objeto la regulación de las ayudas que el Gobierno Vasco, a través del Departamento de Empleo y Políticas Sociales, podrá otorgar durante el ejercicio 2014 para la consolidación de las estructuras asociativas de empresas y entidades de economía social de ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco que, contando con personalidad jurídica propia, asocien, para la representación y defensa de sus intereses comunes, a: a) Sociedades laborales y cooperativas de trabajo asociado. b) Cooperativas distintas del trabajo asociado y entida