BOPV nº 158 · · Desarrollo Económico y Competitividad

ORDEN de 16 de julio de 2014, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, por la que se convocan para el año 2014 las ayudas a la promoción y desarrollo de las zonas litorales de la Comunidad Autónoma del País Vasco (Programa Itsaspen) al amparo del Decreto 22/2012, de 21 de febrero.

El Decreto 22/2012, de 21 de febrero, de ayudas a la promoción y desarrollo de las zonas litorales de la Comunidad Autónoma del País Vasco (Programa Itsaspen), tiene por objeto establecer y regular el régimen de ayudas dirigido a potenciar la promoción y el desarrollo de las zonas litorales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, mejorando los servicios básicos y la calidad de vida de la población y apoyando la generación de nuevas actividades económicas que contribuyan a la revitalización y renovación de las poblaciones costeras y al desarrollo de las mismas. En su artículo 7 establece que anualmente se convocaran las ayudas en él establecidas y se fijarán una serie de extremos que se recogen en el citado artículo como el plazo de presentación de solicitudes, la dotación global máxima destinada a atender la totalidad de las ayudas especificándose por capítulos, líneas de ayuda a subvencionar, los criterios objetivos elegidos para la cuantificación de las ayudas, la determinación de la documentación a presentar de entre la prevista para cada tipo de acciones a subvencionar, en función de los criterios objetivos elegidos en cada convocatoria, el plazo de ejecución de las inversiones y gastos. El plazo de justificación de las inversiones o gastos y la distribución de los sobrantes económicos en cada capítulo. El Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, establece en su artículo 49.5 que, una vez en vigor los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi de cada ejercicio económico, se procederá a actualizar, revisar o en su caso establecer las normas reguladoras de la concesión de subvenciones de los programas y a realizar la convocatoria correspondiente de aquellas que fueron en su momento reguladas con carácter indefinido. Una vez aprobada la Ley 4/2013, de 20 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2014 se hace preciso, por tanto, proceder a dicha convocatoria. En su virtud, RESUELVO : Primero Objeto. Es objeto de la presente Orden convocar, para el ejercicio 2014, las ayudas a la promoción y desarrollo de las zonas litorales de la Comunidad Autónoma del País Vasco (Programa Itsaspen) previstas en el Decreto 22/2012, de 21 de febrero. Segundo Plazo de presentación de solicitudes. En el ejercicio 2014, el plazo de presentación de solicitudes para acceder a la convocatoria de ayudas establecida en Decreto 22/2012, de 21 de febrero, de ayudas a la promoción y desarrollo de las zonas litorales de la Comunidad Autónoma del País Vasco (Programa Itsaspen), será de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. Se aprueba el impreso de solicitud de las ayudas a la promoción y desarrollo de las zonas litorales de la Comunidad Autónoma del País Vasco (Programa Itsaspen) reguladas por el Decreto 22/20

Publicación oficial en euskadi.eus