BOPV nº 154 · · Empleo y Políticas Sociales
ORDEN de 30 de julio de 2014, del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, por la que se convocan y regulan ayudas para la incorporación de personas socias a empresas de Economía Social.
La apuesta decidida del Lehendakari por el Programa de Reactivación del Empleo 2013-2016 se materializa en la prioridad otorgada por el Gobierno Vasco en la defensa del empleo existente y la creación de las condiciones y estímulos precisos para la generación de nuevos empleos. Siendo la presente Orden una continuación de la del ejercicio 2013 y anteriores, el énfasis en la priorización de la ayuda a la creación de nuevos empleos encuentra su respaldo efectivo en la casi duplicación de los dotación económica destinada a la cobertura de las solicitudes que se presenten, pasando de los 115.000 euros del año 2013 a los 200.000 euros destinados para el presente ejercicio 2014. La relevancia e impacto de las ayudas para la incorporación de personas socias en empresas de economía social se puede evaluar a partir de los resultados obtenidos en los últimos 5 años, que muestran que en los cinco ejercicios anuales que van del 2009 al 2013, más de 600 personas se han beneficiado de la ayuda concedida por el Gobierno Vasco, con un importe total acumulado en los cinco años citados de más de 900.000 euros concedidos. Como novedad se extiende el ámbito de cobertura, facilitando la incorporación a cooperativas agrarias de empresarios/ as individuales, que sean titulares de explotaciones agrícolas, forestales, ganaderas y mixtas que, de forma habitual y como medio permanente de vida, realicen estas actividades, incluidos aquellos que se dediquen a estas explotaciones a tiempo parcial. Su justificación dentro de la presente Orden radica en que tiene como fin impulsar la consolidación del empleo rural y, en consecuencia, el mantenimiento de la población rural, mediante el fortalecimiento de empresas asociativas cooperativas, redimensionándolas y reforzando, en la medida en que la empresa colectiva se consolide, la posición del/la socio/a agricultor/a y, en definitiva, su empleo y su trabajo en el ámbito rural. Resulta especialmente reseñable en el presente caso el hecho de haber abierto totalmente el abanico de empresas de economía social al que se incorporan las personas provenientes del desempleo, sin limitarlas a una determinada antigüedad o número de personas socias trabajadoras existentes en la empresa en el momento de la incorporación de nuevas personas socias, por acomodación a la situación económica actual, en aras de su impulso. En su virtud, habiéndose aprobado la Ley 4/2013, de 20 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2014 y oído el Consejo Superior de Cooperativas de Euskadi, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. El objeto de la presente Orden es la regulación y convocatoria de las ayudas que el Gobierno Vasco, a través del Departamento de Empleo y Políticas Sociales, podrá otorgar, durante el ejercicio 2014, para: a) La incorporación de personas desempleadas a empresas con forma jurídica de Sociedad Cooperativa o Sociedad Laboral, en calidad de personas socias trabajadoras o de trab