BOPV nº 154 · · Desarrollo Económico y Competitividad
ORDEN de 30 de julio de 2014, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, por la que se modifica la Orden de 27 de julio de 2011, que regula el programa de ayudas destinadas al desarrollo de la Innovación y la Excelencia en el sector de la Distribución Comercial.
La Orden de 27 de julio de 2011, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, publicada en el BOPV n.º 154, de 16 de agosto de 2011, regula el programa de ayudas destinadas al desarrollo de la Innovación y la Excelencia en el sector de la Distribución Comercial. La mejora de las capacidades de los profesionales del sector comercial con el fin de adaptarse a las necesidades reales que demanda el mercado constituye un objetivo estratégico de primer orden dentro del ámbito de actuación que competencialmente corresponde al Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad. La citada Orden de 27 de junio de 2011, regulaba la concesión de ayudas destinadas a las empresas de distribución comercial, para la consecución de la mejora de su gestión a través de dos tipos de certificaciones: UNE 175001 y la certificación intermedia también denominada Comercio Excelente. Esta última, por su nivel de complejidad, requería más de un ejercicio para culminar la formación y obtener, así la certificación correspondiente. El Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad, ha decidido terminar con este sistema de certificaciones, y abordar la mejora de la gestión a través de otras fórmulas; no obstante, teniendo en cuenta que existen empresas que se encuentran empresas en avanzado de formación, que están casi preparadas para la obtención de la certificación intermedia en gestión empresarial, se considera necesario publicar una última convocatoria dirigida exclusivamente a estas empresas. Por otra parte, al objeto de atender a las distintas demandas que el sector comercial vasco ha venido realizando desde la implantación del programa, para proceder a su adecuación a la cambiante realidad del sector comercial, y a fin de realizar el mayor número posible de actividades destinadas a la divulgación y mejora de la innovación y la competitividad empresarial del sector comercial, se ha visto la necesidad de llevar a cabo determinadas modificaciones en su articulado, en concreto, se efectúan diversos ajustes afectantes a la cuantía de las ayudas de las actividades de divulgación y fomento de la innovación comercial. En su virtud, DISPONGO : Artículo 1 Se modifica el punto 1 del artículo 6 de la Orden de 27 de julio, que queda como sigue: Actividades subvencionables. Se considerarán actividades susceptibles de apoyo a efectos de la presente Orden: Para las organizaciones tractoras enunciadas en los puntos 1) y 2) del párrafo 1 apartado A del artículo 5.º, los proyectos de desarrollo de los Programas de Comercio Excelente: nivel intermedio, Q bronce, recogidos en el marco de referencia para el avance hacia la excelencia en el comercio, cuando se cumplan los siguientes requisitos: a) Las empresas comerciales participantes tengan la condición de Pyme, conforme a lo dispuesto en el anexo 1 del Reglamento (CE) n.º 800/2008 de la Comisión de 6 de agosto de 2008, publicado en el Diario Oficial de Unión Europea L 214, de 8 de agosto de 2008 o las disposiciones