BOPV nº 145 · · Desarrollo Económico y Competitividad
ORDEN de 23 de julio de 2014, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, por la que se regula el programa de ayudas destinadas a incentivar las estrategias zonales de Cooperación, Dinamización y Competitividad Comercial Urbana - Hirigune.
Plan de Acción del Gobierno Vasco 2014-2016, dentro de su eje segundo «Impulsar la actividad comercial» contempla el apoyo al desarrollo de acciones de dinamización comercial con el objetivo de mantener y atraer demanda a las zonas comerciales en municipios y barrios. Asimismo, contempla la puesta en valor de la colaboración público-privada, estableciendo entre Ayuntamientos y Asociaciones los programas de dinamización de entornos urbanos «Hirigune». Las líneas principales de actuación que se derivan del Plan de Adaptación del Comercio Vasco 2015, están orientadas a fomentar un escenario más competitivo y profesional para el desarrollo del comercio. El mercado sigue avanzando hacia la globalización y el comercio local tiene que tener cada vez más claramente definidas sus herramientas de competitividad y de afianzamiento de estrategias orientadas a la fidelización de sus clientes. Es por ello que, ubicado en el eje estratégico Territorio, se desarrolla el programa de trabajo: Cooperación, Dinamización y Competitividad Comercial Urbana. Como consecuencia, satisfacer los gustos y preferencias de los consumidores y las consumidoras, y por ende, mejorar su fidelidad. Este objetivo se debe materializar en estrategias de terciario, impulsadas por acciones de cooperación zonal para la puesta en valor de las oportunidades zonales y/o sectoriales que el entorno ofrece, mejorando como consecuencia el posicionamiento de marca de dicho entorno y asegurando la gestión profesionalizada de los mismos. La colaboración público privada se estima necesaria y clave para la consecución de los fines de este programa, así como para el aprovechamiento óptimo de los recursos existentes. Los proyectos de actuación presentados que serán globales y únicos, de municipio, integrarán todos los objetivos establecidos entre partes, una vez firmado el convenio de colaboración público- privado que servirá de medio o herramienta para la planificación, el seguimiento y la evaluación del proyecto objeto de la subvención. Y, en virtud de ello, RESUELVO : Artículo único Aprobar, en los términos que se recogen en el anexo, bases reguladoras, la presente convocatoria de ayudas destinadas a incentivar las estrategias zonales de Cooperación, Dinamización y Competitividad Comercial Urbana. En Vitoria-Gasteiz, a 23 de julio de 2014. La Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, MARÍA ARANZAZU TAPIA OTAEGUI. ANEXO I BASES REGULADORAS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 Objeto. La presente Orden tiene por objeto: a) Favorecer el desarrollo de estrategias de cooperación y dinamización comercial urbana, encaminadas a la mejora de la competitividad comercial y del posicionamiento de marca de los entornos urbanos donde ejercen su actividad. b) Impulsar la implantación y desarrollo de proyectos anuales de cooperación zonal, en áreas de baja densidad comercial, que por su carácter integren propuestas estratégicas para la mejora del abastecimiento comercial de las zonas sujetas a re