BOPV nº 140 · · Medio Ambiente y Política Territorial
RESOLUCIÓN de 11 de julio de 2014, de la Directora de Infraestructuras del Transporte, por la que se otorga autorización temporal de uso de puesto de amarre para embarcaciones de recreo no profesionales y se configura la lista de espera en el puerto de Hondarribia.
Primero El 15 de abril de 2014, se publica en el BOPV, resolución de 7 de abril de 2014, de la Directora de Infraestructuras del Transporte, por la que se anuncia convocatoria pública para el otorgamiento de autorizaciones temporales de uso de puestos de amarre por los titulares de embarcaciones de recreo no profesionales en el puerto de Hondarribia. Segundo En la parte expositiva de dicha resolución se explicita que el procedimiento de otorgamiento de tales autorizaciones viene establecido en la Orden de 20 de abril de 2004, del Consejero de Transportes y Obras Públicas, por la que se regula el procedimiento de otorgamiento de las autorizaciones temporales de uso de puestos de amarre por los titulares de embarcaciones de recreo no profesionales en los puertos e instalaciones portuarias titularidad de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Tercero Según el artículo 10.4 de la Orden de 20 de abril de 2004, del Consejero de Transportes y Obras Públicas, «La lista de espera estará abierta permanentemente hasta la realización de una nueva convocatoria, admitiéndose la incorporación de nuevas solicitudes, que deberán venir acompañadas de la documentación exigida en el artículo 4.2 de la presente Orden, y a las que serán de aplicación los criterios de adjudicación previstos en su artículo 8.b). La inclusión de estas nuevas solicitudes en la lista de espera se realizará por resolución del Director de Puertos y Asuntos Marítimos» (actual Directora de Infraestructuras del Transporte). Cuarto Conforme a la base octava de la citada Resolución de 7 de abril de 2014, «La Resolución que ponga fin al procedimiento, que incluirá el otorgamiento de autorizaciones de uso de puestos de amarre en el puerto de Hondarribia, las denegaciones de dichas autorizaciones y la configuración de la lista de espera, se publicará en el Boletín Oficial de País Vasco.» Quinto El artículo 3 del Reglamento de Actividades Portuarias, aprobado por Decreto 236/1986, de 21 de octubre, atribuye al actual departamento de Medio Ambiente y Política Territorial la ordenación portuaria, la gestión y control de los servicios portuarios y, en definitiva, todo lo relacionado con las actividades que se desarrollan en los puertos e instalaciones portuarias competencia de la Comunidad Autónoma del País Vasco. De acuerdo con lo anterior, y vista la propuesta del servicio territorial de puertos, en virtud de las facultades que tiene atribuidas esta Dirección por los artículos 6.e) y 14.1.m) del Decreto 196/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial, RESUELVO : Primero Aprobar las adjudicaciones de amarres a los solicitantes cuya lista está contenida en el anexo I, conforme a las condiciones que figuran en el anexo II. Segundo Aprobar la lista de espera, configurada a fecha 11 de julio de 2014, que se adjunta como anexo III a esta Resolución. Tercero Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrati