BOPV nº 134 · · eLankidetza-Agencia Vasca de Cooperación y Solidaridad
RESOLUCIÓN de 10 de julio de 2014, del Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, por la que se acepta la solicitud de renuncia al proyecto «Fase I del programa de Desarrollo Socioeconómico del Distrito de Majune (2)» presentado por la entidad Mundukide Fundazioa / Fundación Mundukide dentro de la convocatoria de ayudas a proyectos de cooperación para el desarrollo para 2011.
Por Resolución de 14 de diciembre de 2011, de la Directora de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, por la que se conceden ayudas a proyectos con cargo al Fondo para la Cooperación al Desarrollo para el año 2011, se concedió a la entidad Mundukide Fundazioa / Fundación Mundukide una subvención de 147193 euros para la realización del proyecto «Fase I del programa de Desarrollo Socioeconómico del Distrito de Majune (2)». La citada entidad, en comunicación dirigida a la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, con fecha 16 de mayo de 2014, formuló una solicitud de renuncia parcial al segundo pago y a todo el tercer pago de la subvención. De conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 28 del Decreto 34/2007, de 27 de febrero, por el que se regulan las ayudas a proyectos con cargo al Fondo de Cooperación y Ayuda al Desarrollo, la entidad solicitante deberá informar inmediatamente a la Dirección de Cooperación al Desarrollo sobre cualquier circunstancia que pudiera afectar sustancialmente al desarrollo previsto del proyecto y deberá remitir solicitud de autorización previamente a la realización de las modificaciones que pretenden introducirse en la realización del mismo, especificando las repercusiones presupuestarias que implican. No obstante, por lo que se refiere a la competencia para aprobar las modificaciones propuestas, tras la creación, regulación y entrada en funcionamiento de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo (Ley 5/2008, de 19 de junio, por la que se crea y regula la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo; Decreto 95/2010, de 23 de marzo, por el que se aprueba su Reglamento de Organización y Funcionamiento; y Decreto 310/2010, de 23 de noviembre por el que se regula el inicio de actividades de la Agencia), dicha competencia y, en general, el dictado de las Resoluciones necesarias para gestionar estas ayudas corresponde al Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo. Por todo lo expuesto, RESUELVO : Primero Autorizar a la entidad Mundukide Fundazioa / Fundación Mundukide la renuncia solicitada al proyecto «Fase I del programa de Desarrollo Socioeconómico del Distrito de Majune (2)» presentado dentro de la convocatoria de ayudas a proyectos de cooperación para el desarrollo para 2011. Como consecuencia, la entidad deberá devolver el importe correspondiente al segundo y tercer pago que no ha sido justificado y que asciende a 50.146,92 euros. En este sentido, la entidad procederá a la devolución de 20.708,32 euros correspondientes al segundo pago y se deja sin efecto la orden de pago correspondiente al tercer pago (29.438,60 euros). Segundo Contra la presente resolución, se podrá interponer recurso de alzada ante la Presidenta de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación. Si transcurriesen tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución, se podrá entender d