BOPV nº 134 · · Desarrollo Económico y Competitividad

RESOLUCIÓN de 9 de julio de 2014, de la Viceconsejera de Tecnología, Innovación y Competitividad, por la que se hace pública la convocatoria de ayudas para el ejercicio 2014, en el marco establecido por la Orden que regula las ayudas a los Agentes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación acreditados en la categoría de Centros de investigación Cooperativa.

La Orden de 4 de agosto de 2008, de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo (BOPV n.º 158, de 21 de agosto de 2008) regula el programa de ayudas a los Agentes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación acreditados en la categoría de Centros de Investigación Cooperativa. De conformidad a lo establecido en el artículo 7 de la citada Orden, procede realizar la convocatoria de las ayudas que en la misma se establecen, para el ejercicio 2014, dictando a tal objeto las normas necesarias. Los recursos económicos destinados a la concesión de las citadas ayudas procederán de las correspondientes partidas presupuestarias establecidas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Por lo expuesto, en virtud de la facultad establecida en el artículo 7 de la Orden de referencia, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Resolución, la convocatoria para el ejercicio 2014 de las ayudas previstas en la Orden de 4 de agosto de 2008, de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regula el programa de ayudas a los Agentes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación acreditados en la categoría de Centros de Investigación Cooperativa. El ámbito temporal de las actuaciones objeto de la subvención se circunscribe al año 2014. A la financiación de la convocatoria se destinará un total de 8.250.000 euros, según el correspondiente crédito presupuestario establecido al respecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco. El volumen total de ayudas a conceder con cargo a la presente convocatoria no podrá superar el importe consignado en este artículo o el que resulte, en su caso, de su ampliación, con carácter previo a la resolución del procedimiento, conforme al régimen de vinculación crediticia o de modificación presupuestaria previsto en la legislación vigente. De producirse dicha circunstancia se dará publicidad mediante resolución de la Viceconsejera de Tecnología, Innovación y Competitividad. Artículo 2 Requisitos. Los solicitantes, para poder acceder a las ayudas previstas en la Orden que regula el programa de apoyo a los Agentes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación acreditados en la categoría de Centros de Investigación Cooperativa, deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 4 de dicha Orden. Artículo 3 Solicitudes y plazos. Un modelo de solicitud y de formularios será facilitado por el Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad, a través de la Sociedad para la Transformación Competitiva (SPRI) una vez efectuada la convocatoria de las ayudas mediante resolución de la Viceconsejera de Tecnología, Innovación y Competitividad. Las solicitudes y demás documentación complementaria deberán presentarse en la Sociedad para la Transformación Competitiva (SPRI) cuyas dependencias se encuentran en Bilbao, Alameda Urquijo, n.º 36-4.ª planta (Edificio Plaza Bizkaia) bien directamente o bien por cualquiera de los medios previstos en la Ley

Publicación oficial en euskadi.eus