BOPV nº 132 · · Medio Ambiente y Política Territorial

RESOLUCIÓN de 31 de julio de 2012, de la Viceconsejera de Medio Ambiente, por la que se concede autorización ambiental integrada para la actividad de sellado, mantenimiento y control post-clausura del vertedero de residuos no peligrosos, promovida por Mancomunidad de San Marcos en los términos municipales de Astigarraga, Donostia y Errenteria (Gipuzkoa).

ANTECEDENTES DE HECHO Con fecha 8 de febrero de 2011, D. Juan Carlos Merino González, en nombre y representación de Mancomunidad de San Marcos, solicitó ante el Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca del Gobierno Vasco el otorgamiento de la autorización ambiental integrada de conformidad con lo dispuesto en la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, para la actividad de sellado, mantenimiento y control post-clausura del vertedero de residuos no peligrosos. La solicitud se acompañaba de la siguiente documentación técnica: Proyecto para la solicitud de la autorización ambiental integrada del vertedero de San Marko en Donostialdea. Proyecto Técnico. Memoria (31 de enero de 2011) realizado por Geyser HPC, S.A.U. Proyecto para la solicitud de la autorización ambiental integrada del vertedero de San Marko en Donostialdea. Resumen no técnico (31 de enero de 2011) realizado por Geyser HPC, S.A.U. En el momento de la solicitud de la autorización de referencia, Mancomunidad de San Marcos tenía, entre otras, autorización de vertido a colector y posteriores ampliaciones y renovaciones, de conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente en materia de aguas. Una vez constatada la suficiencia de la documentación aportada, por Resolución de 24 de junio de 2011, de la Viceconsejera de Medio Ambiente, se acuerda someter a información pública, por un periodo de 30 días hábiles, el proyecto promovido por Mancomunidad de San Marcos en orden a la presentación de cuantas alegaciones se estimasen oportunas, procediéndose a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco y en el del Territorio Histórico de Gipuzkoa, ambas con fecha de 13 de julio de 2011. Una vez culminado el trámite de información pública se constata que no se han presentado alegaciones. En aplicación de lo dispuesto en el artículo 17 y 18 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, la Dirección de Calidad Ambiental solicita el 10 de noviembre de 2011 informe a los Ayuntamientos de Astigarraga, Donostia y Errenteria, al Departamento de Sanidad del Gobierno Vasco y a la Mancomunidad de Aguas del Añarbe, con el resultado que obra en el expediente. Con fecha 27 de diciembre de 2011, y en aplicación del artículo 20 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, el conjunto del expediente es puesto a disposición de Mancomunidad de San Marcos incorporando el Borrador de Propuesta de Resolución elaborada por el Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca. El día 8 de marzo de 2012 se recibe comunicación del promotor donde se formulan diversas alegaciones en relación con el Borrador de la Propuesta de Resolución de Autorización Ambiental Integrada. FUNDAMENTOS DE DERECHO De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, constituye el objeto de la misma evitar o, cuando ello no sea posible, reducir y controlar la contamin

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