BOPV nº 131 · · Medio Ambiente y Política Territorial

RESOLUCIÓN de 18 de febrero de 2013, del Viceconsejero de Medio Ambiente, por la que se concede autorización ambiental integrada para el vertedero de residuos no peligrosos, promovida por Leaz Valorización, S.L. en el término municipal de Azkoitia (Gipuzkoa).

ANTECEDENTES DE HECHO Con fecha 29 de diciembre de 2006, D. Roberto José Alonso Ruiz, en nombre y representación de Leaz Valorización, S.L., solicitó ante el entonces Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Gobierno Vasco el otorgamiento de la autorización ambiental integrada de conformidad con lo dispuesto en la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, para la actividad de vertedero de residuos no peligrosos en el municipio de Azkoitia (Gipuzkoa). La solicitud se acompañaba de la siguiente documentación técnica: Anteproyecto de remodelación, sellado y recrecido del vertedero de escorias de Azkoitia (diciembre 2006). Proyecto vertedero de residuos inertes Azkoitia-Gipuzkoa (marzo-1996). Certificado del Ayuntamiento de Azkoitia de compatibilidad urbanística de fecha 5 de diciembre de 2006. En el momento de la solicitud de la autorización de referencia, Leaz Valorización, S.L. tenía, entre otras, licencia de actividad emitida por el Ayuntamiento de Azkoitia. Una vez constatada la suficiencia de la documentación aportada, por Resolución de 10 de octubre de 2008, del Viceconsejero de Medio Ambiente, se acuerda someter a información pública, por un periodo de 30 días hábiles, el proyecto promovido por Leaz Valorización, S.L. en orden a la presentación de cuantas alegaciones se estimasen oportunas, procediéndose a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco y en el del Territorio Histórico de Gipuzkoa, ambas con fecha de 29 de octubre de 2008. Igualmente se procede a efectuar la oportuna notificación personal a los vecinos colindantes. Una vez culminado el trámite de información pública se constata que no se han presentado alegaciones. En orden a continuar con la tramitación de la solicitud, con fecha 11 de mayo de 2011 se solicita al promotor la incorporación de documentación adicional, documentación que se completa el 27 de marzo de 2012. En aplicación de lo dispuesto en los artículos 17 y 18 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, la Dirección de Calidad Ambiental solicita el 11 de diciembre de 2008 informe al Ayuntamiento de Azkoitia y al Departamento de Sanidad del Gobierno Vasco, con el resultado que obra en el expediente. Con fecha 24 de enero de 2013, y en aplicación del artículo 20 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrado de la contaminación, el conjunto del expediente es puesto a disposición de Leaz Valorización, S.L. incorporando el Borrador de Propuesta de Resolución elaborado por el Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial, sin que se haya recibido comunicación alguna al respecto. FUNDAMENTOS DE DERECHO De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, constituye el objeto de la misma evitar o, cuando ello no sea posible, reducir y controlar la contaminación de la atmósfera, del agua y del suelo, mediante el establecimiento de un sistema de preve

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