BOPV nº 125 · · Medio Ambiente y Política Territorial
RESOLUCIÓN de 24 de mayo de 2011 de la Viceconsejera de Medio Ambiente, por la que se concede autorización ambiental integrada para el proyecto de vertedero de residuos no peligrosos, promovida por Garbiker AB (S.A.) en el término municipal de Ortuella (Bizkaia).
ANTECEDENTES DE HECHO Con fecha 30 de noviembre de 2009, D. Mikel Huizi Leiza, en nombre y representación de Garbiker AB (S.A.), solicitó ante el Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca del Gobierno Vasco el otorgamiento de la autorización ambiental integrada de conformidad con lo dispuesto en la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, para el proyecto de vertedero de residuos no peligrosos en el término municipal de Ortuella (Bizkaia). La solicitud se acompañaba de la siguiente documentación técnica: Proyecto de recuperación ambiental y sellado del vertedero controlado de residuos de La Orkonera (Ortuella-Bizkaia) (noviembre 2009). Informe de Control de la estabilidad en el vertedero controlado de La Orkonera y balsa minera anexa. Instrumentación y auscultación en el período febrero 2005-octubre 2009 (noviembre 2009). Informe de Control y garantía de calidad de la instalación de geosintéticos en el vertedero controlado de La Orkonera (Bizkaia). Reinstalación y refuerzo de la impermeabilización de la balsa de lixiviados. Certificado de instalación. En el momento de la solicitud de la autorización de referencia, Garbiker AB (S.A.) tenía, entre otras, Licencia de apertura de fecha 23 de julio de 1996 emitida por el ayuntamiento de Ortuella. Una vez constatada la suficiencia de la documentación aportada, por Resolución de 17 de febrero de 2011, de la Viceconsejera de Medio Ambiente, se acuerda someter a información pública, por un periodo de 30 días hábiles, el proyecto promovido por Garbiker AB (S.A.) en orden a la presentación de cuantas alegaciones se estimasen oportunas, procediéndose a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco y en el del Territorio Histórico de Bizkaia, ambas con fecha de 24 de marzo de 2011. Una vez culminado el trámite de información pública se constata que no se han presentado alegaciones. En aplicación de lo dispuesto en el artículo 17 y 18 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, la Dirección de Calidad Ambiental solicita el 9 de mayo de 2011 informe al Ayuntamiento de Ortuella, al Departamento de Sanidad del Gobierno Vasco y al Consorcio de Aguas de Bilbao Bizkaia, con el resultado que obra en el expediente. Con fecha 20 de mayo de 2011, y en aplicación del artículo 20 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, el conjunto del expediente es puesto a disposición de Garbiker AB (S.A.) incorporando la Propuesta de Resolución elaborada por el Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca. FUNDAMENTOS DE DERECHO De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, constituye el objeto de la misma evitar o, cuando ello no sea posible, reducir y controlar la contaminación de la atmósfera, del agua y del suelo, mediante el establecimiento de un sistema de prevención y control integrado de la contaminación, con el fin de alcanzar una ele