BOPV nº 114 · · Educación, Política Lingüística y Cultura
ORDEN de 4 de junio de 2014, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se regula la concesión y se convocan subvenciones para la promoción, difusión y/o normalización del euskera en el ámbito de las tecnologías de la información y la comunicación en el año 2014 (Convocatoria IKT).
El artículo 10 del Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, asignó al Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura, entre otras, las relativas a la política lingüística y la promoción del euskera. Por otro lado, el artículo 21.1.h) del Decreto 193/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura (BOPV, de 24 de abril, n.º 78) asigna el siguiente cometido a la Viceconsejería de Política Lingüística: velar por el adecuado desarrollo y aplicación de la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del Euskera y demás disposiciones complementarias, sin perjuicio de las funciones que en tal sentido tengan específicamente asignados otros órganos administrativos. El Plan de Acción para la Promoción del Euskera fue aprobado por el Consejo Asesor del Euskera el 18 de julio de 2012 y por el Consejo de Gobierno el 24 de julio del mismo año, y ratificado por el Parlamento Vasco el 11 de septiembre de 2013. En el mismo, se detalla el siguiente reto futuro en lo referente al ámbito de las TIC: «En esta era de la cultura digital, hay que dirigir un esfuerzo especial hacia los contenidos y las aplicaciones de la red, para que se ofrezca en euskera la mayor cantidad de servicios posible. Si una lengua quiere prosperar en las TIC necesita recursos e instrumentos básicos. Se promoverán acciones eficaces para desarrollar y actualizar dichos instrumentos y recursos en euskera». En cumplimiento del cometido que tiene asignado, mediante esta Orden el Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura regula la convocatoria de subvenciones correspondiente a 2014 para la promoción, difusión y/o normalización del euskera en el ámbito de las tecnologías de la información y la comunicación. En su virtud, DISPONGO : Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Orden regular la concesión y convocar subvenciones destinadas a la promoción, difusión y/o normalización del euskera en el ámbito de las tecnologías de la información y la comunicación. Artículo 2 Plazo de ejecución de los programas o actividades. Solamente podrán acogerse a la presente convocatoria de subvenciones los proyectos que se materialicen en el año 2014. Consecuentemente, todas las actividades, servicios y productos derivados de los proyectos acogidos a la convocatoria deberán ser materializados y difundidos antes del 31 de diciembre de 2014. Artículo 3 Tramitación. Las personas interesadas podrán elegir uno de estos dos medios para solicitar, consultar y realizar los trámites de este procedimiento: Electrónico. Presencial. Las especificaciones de cómo tramitar, tanto por canal presencial como electrónico, las solicitudes, declaraciones responsables y demás modelos, están disponibles