BOPV nº 114 · · Desarrollo Económico y Competitividad

RESOLUCIÓN de 6 de junio de 2014, del Director de Agricultura y Ganadería, por la que se autoriza la expedición de carnés de aplicador de productos fitosanitarios de nivel básico y de nivel cualificado a los alumnos de los cursos número 281, 282, 283 y 284.

HECHOS Primero La Escuela Agraria de Arkaute ha impartido el curso 281 de productos fitosanitarios, para Agricultores y vendedores de Álava, de nivel cualificado, de acuerdo con el contenido y las horas lectivas que figuran en la parte B del anexo IV del Real Decreto 1311/2012, de 14 de setiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios. Segundo La Escuela Agraria de Arkaute ha impartido el curso 282 de productos fitosanitarios, para Agricultores y vendedores de Álava, de nivel cualificado, de acuerdo con el contenido y las horas lectivas que figuran en la parte B del anexo IV del Real Decreto 1311/2012, de 14 de setiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios. Tercero AGIM-COAG (Madrid) ha impartido el curso 283 de productos fitosanitarios, de nivel cualificado, de acuerdo con el contenido y las horas lectivas que figuran en la parte B del anexo IV del Real Decreto 1311/2012, de 14 de setiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, y de nivel básico, de acuerdo con el contenido y las horas lectivas que figuran en l aparte A del anexo IV del citado Real Decreto 1311/2012, de 14 de setiembre, ambos para Trabajadores de la empresa UTE Goierrialdea 2010. Cuarto La Escuela Agraria de Arkaute ha impartido el curso 284 de productos fitosanitarios, para Agricultores y vendedores de Álava, de nivel básico, de acuerdo con el contenido y las horas lectivas que figuran en la parte A del anexo IV del Real Decreto 1311/2012, de 14 de setiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios. Quinto La Comisión Técnica Coordinadora de Sanidad Vegetal ha elevado propuesta favorable a la expedición de carnés. Vistos los siguientes FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero el Real Decreto 1311/2012 en su artículo 18.1.a) sobre los niveles de capacitación y el anexo IV sobre las materias de formación; y el artículo 20 sobre expedición, renovación y retirada de carnés. Segundo El artículo 20.1.b) del Decreto 190/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad, en el que se atribuyen funciones en materia de sanidad vegetal a la Dirección de Agricultura y Ganadería, RESUELVO : Primero Ordenar la expedición de carnés de aplicador de productos fitosanitarios de uso agrícola. De nivel cualificado del curso 281 en favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como anexo I a la presente Resolución. De nivel cualificado del curso 282 en favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como anexo II. De niveles cualificado y básico del curso 283 a favor de las personas que figuran en las dos relaciones que se adjuntan como anexo III. De nivel básico del curso 284 a favor de las persona

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