BOPV nº 67 · · Educación, Política Lingüística y Cultura
DECRETO 46/2014, de 1 de abril, de regulación de los Centros Integrados de Formación Profesional en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional tiene por objetivo la ordenación de un sistema integrado de formación profesional que articule la oferta de la formación profesional del sistema educativo y de la formación profesional para el empleo en torno, entre otros, a dos instrumentos: el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, que se constituye en referente común de las competencias requeridas para el desempeño profesional, y los Centros Integrados de Formación Profesional, que ofertarán las enseñanzas conducentes a los títulos de formación profesional expedidos por la administración educativa y a los certificados de profesionalidad expedidos por la administración laboral. En desarrollo de lo dispuesto en el párrafo 6 del artículo 11 de la citada Ley, el Decreto 223/2004, de 23 de noviembre, reguló en el ámbito de la administración educativa de la Comunidad Autónoma del País Vasco la figura de Centro Integrado de Formación Profesional, estableciendo los fines, funciones y los requisitos mínimos que deben cumplir dichos centros. Con posterioridad a la entrada en vigor del mencionado decreto, el Real Decreto 1558/2005, de 23 de diciembre, regula los requisitos básicos de los Centros integrados de formación profesional, que deben ser desarrollados por las Administraciones de las Comunidades Autónomas, y establece un marco que permite la gestión compartida de los departamentos con competencia en materia educativa y laboral de una oferta integral de formación profesional, conducente tanto a títulos de formación profesional como a certificados de profesionalidad. Por su parte, las disposiciones generales que, posteriormente, han ordenado la formación profesional, tanto la formación profesional del sistema educativo como la formación profesional para el empleo, actualmente en vigor, esto es, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, y el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo, prevén, asimismo, la creación de los centros integrados de formación profesional. Así mismo, el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, establece el procedimiento y los requisitos para este reconocimiento, que forma parte sustancial de los cometidos asignados a los centros integrados de formación profesional. De igual forma, los diferentes planes de Formación Profesional aprobados por el Consejo del Gobierno Vasco, subrayan como uno de los rasgos esenciales del sistema integrado de formación profesional el desarrollo de una red de centros públicos y privados de formación profesional que incorpore en su oferta formativa la dirigida a personas trabajadoras o desempleadas. Asimismo, el Real Decreto 1441/2010, de 5 d