BOPV nº 67 · · Hacienda y Finanzas

ORDEN de 17 de marzo de 2014, del Consejero de Hacienda y Finanzas y del Consejero de Salud, por la que se crea la Mesa de Contratación del Departamento de Salud.

El Decreto 136/1996, de 5 de junio, sobre régimen de contratación de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, dispone, en su artículo 4 que en cada Departamento y, en su caso, Organismo Autónomo, se creará una única Mesa de contratación, mediante Orden conjunta del Consejero de Hacienda y Administración Pública (actualmente Consejero de Hacienda y Finanzas) y del Consejero del Departamento correspondiente. Asimismo, prevé el citado Decreto que, en los casos en los que la complejidad del Departamento lo demande, la Orden de creación podrá establecer diferente composición según el ámbito territorial o funcional de los contratos. El Decreto 20/2012, de 15 de diciembre del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, reestructuró los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y, en desarrollo del mismo, el Decreto 195/2013, de 9 de abril, establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Salud. Este nuevo régimen organizativo en el área de salud requiere que se proceda a la creación de una nueva mesa de contratación departamental, adecuada a la nueva estructura y áreas de actuación. En su virtud, previo informe de la Junta Asesora de Contratación Administrativa, DISPONEMOS: Artículo 1 Mesa de Contratación del Departamento de Salud. Adscrita a la Dirección de Régimen Jurídico, Económico y Servicios Generales del Departamento de Salud, se crea la Mesa de Contratación del Departamento de Salud, con el ámbito de actuación y el ejercicio de las funciones previstos en los artículos 5 y 7 del Decreto 136/1996, de 5 de junio, sobre régimen de contratación de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en relación con los expedientes cuya contratación corresponde al Departamento de Salud. La referida Mesa estará compuesta, según el ámbito territorial o funcional de los contratos, por los siguientes miembros: A) Contratación General. Presidencia: el/la Jefe/a del Servicio de Presupuestos y Contabilidad de la Dirección de Régimen Jurídico, Económico y Servicios Generales. En los casos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal será sustituido/a por uno/a de los/las responsables de Asesoría Jurídica del Departamento de Salud. Vocal-Asesor/a Jurídico/a: un vocal en representación del Servicio de Asesoría Jurídica de la Dirección de Régimen Jurídico, Económico y Servicios Generales, con título de licenciado/a en derecho que ejercerá las funciones de asesor/a jurídico/a. Secretaría: una persona funcionaria del Servicio de Presupuestos y Contabilidad, con voz y sin voto. Dos personas vocales en representación del Órgano de Contratación, designados por este. Tres personas vocales en representación, una, de la Oficina de Control Económico, otra, de la Dirección de Patrimonio y Contratación y, otra, de la Dirección de Informática y

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