BOPV nº 60 · · Educación, Política Lingüística y Cultura
RESOLUCIÓN de 30 de enero de 2014, del Director de Juventud y Deportes, por la que se aprueba e inscribe en el Registro de Entidades Deportivas de Euskadi la modificación de los estatutos de la Unión de Federaciones Deportivas Vascas.
A la vista de la nueva redacción dada a los estatutos de la Unión de Federaciones Deportivas Vascas, inscrita en el Registro de Entidades Deportivas del País Vasco el 23 de julio de 2003 con el número 1. Resultando que la Asamblea General Extraordinaria de la Unión de Federaciones Deportivas Vascas, celebrada el 17 de diciembre de 2013, aprobó la modificación de los estatutos y que tal aprobación se ha acreditado documentalmente. Considerando que la modificación de los estatutos es conforme con los preceptos del Decreto 16/2006, de 31 de enero y de la Ley 14/1998, de 11 de junio, del Deporte de Euskadi. En su virtud, en ejercicio de las facultades que me competen. RESUELVO : Primero Aprobar e inscribir en el Registro de Entidades Deportivas del País Vasco la modificación estatutaria de los artículos 4 y 29 de los estatutos de la Unión de Federaciones Deportivas Vascas, quedando éstos redactados de la siguiente manera: Artículo 4 El domicilio de la "Unión de Federaciones Deportivas Vascas" estará en Getxo, Edificio CPT, avenida Los Chopos s/n, si bien la Junta Directiva tendrá facultades para cambiarlo ulteriormente dentro del mismo municipio. Si el domicilio social se cambia a otro municipio se precisará acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria y la consiguiente modificación de los Estatutos. «Artículo 29. La Junta Directiva estará integrada por al menos 5 miembros quienes desempeñarán los siguientes puestos: a) Un Presidente que lo será asimismo de la "Unión de Federaciones Deportivas Vascas". b) Un Vicepresidente. c) Un Vocal. d) Un Secretario, que lo será a su vez de la "Unión de Federaciones Deportivas Vascas". e) Un Tesorero.» Segundo Notifíquese en el plazo legal establecido. Tercero Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco. Cuarto Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Director de Juventud y Deportes, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su notificación, o bien, se podrá interponer contra la misma, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses desde su notificación. En Vitoria-Gasteiz, a 30 de enero de 2014. El Director de Juventud y Deportes, JON REDONDO LERTXUNDI.