BOPV nº 49 · · Desarrollo Económico y Competitividad

RESOLUCIÓN de 11 de febrero de 2014, del Director de Energía, Minas y Administración Industrial, por la que se renueva la designación a LGAI Technological Center, S.A. como OAVM, de IPFNA, medida de temperatura, acústicos, analizadores de gases de escape, opacímetros, contadores de energía eléctrica, manómetros, surtidores y dispensadores, incluidos los destinados al suministro de vehículos automóviles de sustancias no destinados a su uso como combustible.

Ref.: 01-OV-1013 ANTECEDENTES DE HECHO : Primero Con fecha 22 de enero 2014, D. Angel Ferre Giménez en representación de la empresa LGAI Technological Center, S.A., con domicilio en Campus de la UAB, Bellaterra, Barcelona, solicita renovación de la designación como organismo autorizado de verificación metrológica, de instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático, de medida de temperatura, acústicos, analizadores de gases de escape, opacímetros, contadores de energía eléctrica, manómetros, surtidores y dispensadores, incluidos los de sistemas de medida de líquidos distintos del agua, destinados al suministro de vehículos automóviles de sustancias no destinados a su uso como combustible. Segundo Por resolución de 2 de marzo de 2012, de la Directora de Administración y Seguridad Industrial, se designó a LGAI Technological Center, S.A. organismo autorizado de verificación metrológica, de instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático, de medida de temperatura, acústicos, analizadores de gases de escape, opacímetros, contadores de energía eléctrica, manómetros, surtidores y dispensadores, incluidos los de sistemas de medida de líquidos distintos del agua, destinados al suministro de vehículos automóviles de sustancias no destinados a su uso como combustible. Tercero Para la renovación de la designación como organismo autorizado de verificación metrológica, la entidad solicitante deberá cumplir con los requisitos establecidos por la Resolución de 29 de noviembre de 2007, de la Secretaría General de Industria, por la que se publica la Directriz 1/2007, de 26 de noviembre, para la designación de organismos autorizados de verificación metrológica. A tal efecto, se ha presentado Certificado de Acreditación OC-I/162 emitido por ENAC, acompañado del anexo Técnico, Rev. 7 de fecha 11-11-2013, que incluye entre otros, los siguientes instrumentos solicitados: Pesaje no automático hasta 120 Tn. Los registradores de temperatura y termómetros, en Laboratorio Permanente -40 a +80 ºC Clase 1 y 2 para sonda integrada y Clase 0,5 1 y 2 para sonda exterior y en In Situ de Clase 1 y 2, -40 ºC a + 80 ºC. Sistemas de medida de camiones cisterna, de 25 a 1.000 l/min. Surtidores o dispensadores, rango de 2 a 100 l/min. Sistemas de medida de líquidos distintos del agua, denominados surtidores o dispensadores, destinados al suministro de vehículos automóviles de sustancias no destinados a su uso como combustible, rango de 2 a 50 l/min. Manómetros analógicos y digitales de uso público de 0 a 12 bar. Contadores de energía eléctrica estáticos de energía activa, Clase A, B y C hasta 15 kW y Combinados Activa Clases A, B y C y Reactiva 2 y 3 hasta 15 kW. Sonómetros, calibradores acústicos y dosímetros. Para la resolución de este expediente es preciso tener en cuenta los siguientes FUNDAMENTOS JURÍDICOS: El artículo 11 del Decreto 38/2001, por el que se establecen los medios para la ejecución del control metrológico en la CAPV, especifica que el órgano competente e

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