BOPV nº 36 · · Educación, Política Lingüística y Cultura
RESOLUCIÓN de 6 de febrero de 2014, de la Directora de Innovación Educativa, de la convocatoria de ayudas para los centros docentes privados concertados que escolaricen alumnado con necesidades educativas especiales y necesiten contratar especialistas de apoyo educativo para el curso escolar 2013-2014, regulada mediante Orden de 26 de junio de 2013, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura.
Mediante Resolución de 30 de diciembre de 2013 de la Viceconsejera de Administración y Servicios del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura se amplía el importe consignado en el artículo 1 de la citada Orden. En el artículo 8 de la Orden, se establece que el personal técnico territorial de Innovación Educativa (Educación Especial) estudiará las solicitudes y elevará su propuesta a la Comisión de Valoración, que presentará la propuesta definitiva de adjudicación a la Directora de Innovación Educativa, quien resolverá. Una vez realizados todos los trámites establecidos en la Orden a propuesta de la Comisión de Valoración RESUELVO : Primero Conceder las ayudas a los centros docentes privados concertados que se relacionan en el anexo I a la presente Resolución, que cuentan con alumnado con necesidades educativas especiales y necesitan contratar especialistas de apoyo educativo, para el curso escolar 2013-2014. Segundo Los importes establecidos en la presente Resolución son topes máximos a abonar, y se pagarán en función del periodo de duración y n.º de horas establecidos en el contrato realizado entre el/la trabajador/a y el centro docente correspondiente. Tercero Antes de procederse al abono del primer pago de la ayuda, el centro deberá presentar la siguiente documentación, en el plazo de 15 días, tras la publicación de esta Resolución: Titulación exigida del personal especialista de apoyo educativo contratado, atendiendo a lo indicado en el artículo 4.1 de la Orden de 26 de junio de 2013. Contrato de trabajo realizado con cada especialista de apoyo educativo. DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejera de Educación en el plazo de 1 mes a partir del día siguiente al de su publicación en el BOPV. DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el BOPV. En Vitoria-Gasteiz, a 6 de febrero de 2014. La Directora de Innovación Educativa, MARÍA BEGOÑA GARAMENDI IBARRA. (Véase el .PDF)