BOPV nº 31 · · Lehendakaritza
DECRETO 12 /2014, de 11 de febrero, de modificación del Decreto por el que se establece la estructura orgánica y funcional de Lehendakaritza.
Por Decreto 187/2013, de 9 de abril, se establece la estructura orgánica y funcional de Lehendakaritza. El tiempo transcurrido desde su aprobación hace oportuno llevar a cabo una adecuación de la estructuración, de forma que sea más operativa la coordinación de las áreas de secretaría, relaciones sociales e institucionales y de comunicación, que se encuentran estrechamente vinculadas a la actividad diaria del Lehendakari. Por lo que resulta pertinente modificar el mencionado Decreto 187/2013, de 9 de abril, a los efectos de hacer depender directamente del Lehendakari las anteriores Direcciones integradas hasta ahora en la Secretaría General de la Presidencia, de Comunicación y de Protocolo, pasando a denominarse esta última Dirección de Secretaría y Relaciones Institucionales. En consecuencia, a la Secretaría General de la Presidencia le corresponde la coordinación general, la dirección y gestión de los servicios comunes de Lehendakaritza y, en particular, la asistencia política y técnica al Lehendakari. En materia de participación ciudadana, le corresponde, además, el fomento de cauces de participación de la ciudadanía y de respuesta institucional a sus propuestas. Se modifica, además, la denominación de la Dirección de Gabinete del Lehendakari, que pasa a denominarse «Dirección de Gabinete de Estudios», así como la denominación en euskera de la Dirección para la Comunidad Vasca en el Exterior, que pasa a denominarse «Kanpoan den Euskal Komunitatearentzako Zuzendaritza». Por lo expuesto y, en virtud de las facultades que me confieren el artículo 8.c) de la Ley 7/1981, de 30 de junio, de Gobierno, y el artículo 4 del Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 11 de febrero de 2014. DISPONGO : Artículo primero Se modifica el párrafo 1 del artículo 2 del Decreto 187/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional de Lehendakaritza, que queda redactado como sigue: Para el ejercicio de las funciones relativas a las áreas señaladas en el artículo anterior, Lehendakaritza se estructura en los siguientes órganos: Lehendakari: a) Dirección de Comunicación. b) Dirección de Secretaría y Relaciones Institucionales. Secretaría General de la Presidencia: a) Dirección de Gabinete de Estudios. b) Dirección de Régimen Jurídico. c) Dirección de Coordinación. d) Dirección de Servicios. e) Dirección de Gobierno Abierto. Secretaría General de Acción Exterior: a) Dirección de Relaciones Exteriores. b) Dirección de Asuntos Europeos. c) Dirección para la Comunidad Vasca en el Exterior. d) Delegaciones: Delegación de Euskadi para la Unión Europea, Delegación de Euskadi en Argentina-Mercosur, Delegación de Euskadi en Chile, Perú y Colombia, Delegación de Euskadi en Estados Unidos y Delegación de Euskadi en México. Secretaría General para la Paz y la Convivencia: a) Dirección de Víctimas y Derechos Humanos. Artículo segundo Se crea el Capítulo I bis del Decre