BOPV nº 22 · · Medio Ambiente y Política Territorial
RESOLUCIÓN de 10 de enero de 2014, de la Directora de Infraestructuras del Transporte, por la que se aprueba el expediente de información pública y audiencia y definitivamente el proyecto de construcción del aparcamiento de Ibarbengoa y sus accesos en la línea 1 del Ferrocarril Metropolitano de Bilbao.
En 2002, el Gobierno Vasco encargó la realización del «Estudio de la Red Funcional del Bilbao Metropolitano». En este estudio se analizaron diferentes alternativas para la red ferroviaria y tranviaria de Bilbao basándose en dos objetivos fundamentales. Por un lado mejorar la accesibilidad a la comarca de las líneas metropolitanas y por otro cubrir los déficits de accesibilidad de aquellas zonas de la misma en las que el volumen de viajes generados justificara la implantación de nuevos servicios e infraestructura de transporte. Como conclusión de lo anterior, con fecha 22 de febrero de 2005, el Departamento de Transportes y Obras Públicas del Gobierno Vasco aprobó definitivamente la Modificación del Plan Territorial Sectorial de la Red Ferroviaria del País Vasco, relativa a la ordenación ferroviaria en el área del Bilbao Metropolitano. Esta modificación recogía entre otras actuaciones la eliminación del paso a nivel de Maidagan y la construcción de la nueva estación en Ibarbengoa (denominada «Iberberango» en el documento de aquella fecha), en la línea 1 del FMB, con una vocación, esta última, de dar servicio al territorio y de alimentación del ferrocarril mediante intercambio con el vehículo privado. En dicho Plan se definía el tramo de Banda de Reserva de Sistema General de uso ferroviario y que comprendía el nuevo trazado incluyendo tanto la Estación como el Aparcamiento. Una vez finalizadas las obras del soterramiento y de la nueva estación, procede completar el esquema con la construcción del aparcamiento, considerado como un elemento complementario de la infraestructura ferroviaria comprendido en el artículo 3.1 del Reglamento del Sector Ferroviario. Este aparcamiento dispondrá de aproximadamente 300 plazas a construir en planta de superficie más dos plantas subterráneas, al cual se le añaden dos accesos, uno viario que va desde la calle Ormaza hasta la Estación, así como otro peatonal. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.3 de la Ley 44/1975, de 30 de diciembre de 1975, sobre creación del Consorcio de Transportes de Vizcaya, y en sus disposiciones de desarrollo, corresponde al Gobierno Vasco la redacción y aprobación de los proyectos para la ejecución de las obras de infraestructura de la red del Ferrocarril Metropolitano de Bilbao, previa audiencia del Consorcio de Transportes de Bizkaia, que lo ha informado favorablemente con fecha 17 de julio de 2013. Este órgano es competente para la redacción y aprobación de los proyectos relacionados con el Ferrocarril Metropolitano de Bilbao que no estén reservados al Consejo de Gobierno, según lo dispuesto en el artículo 14.1.d) del Decreto 196/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial. Consultado el órgano ambiental sobre la posible aplicación a este caso del artículo 3.2 de Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de evaluación de imp