BOPV nº 238 · · Desarrollo Económico y Competitividad

ORDEN de 4 de diciembre de 2013, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, por la que se convocan las ayudas a la inversión del programa de apoyo al sector vitivinícola para el periodo que finaliza el 1 de febrero de 2014, recogidas en el Real Decreto 548/2013, de 19 de julio.

Con el objetivo de reconducir la situación para aumentar la competitividad de los productores vitivinícolas comunitarios y consolidar la calidad de sus vinos se ha establecido una organización común del mercado vitivinícola. Entre las medidas de apoyo establecidas por la Reglamentación Comunitaria se incluye como novedad la medida de «Inversiones». Otras medidas son continuación de medidas ya establecidas con anterioridad. Esta OCM fue establecida por el Reglamento (CE) n.º 479/2008 del Consejo, de 29 de abril de 2008; y por el Reglamento n.º (CE) n.º 555/2008 de la Comisión, de 27 de junio de 2008, (por el que se establecen normas de desarrollo del Reglamento n.º (CE) 479/2008 del Consejo), que han sido modificados por el Reglamento (UE) n.º 772/2010 de la Comisión, de 1 de septiembre de 2010. A su vez, esta OCM fue incorporada al Reglamento (CE) n.º 1234/2007 (Reglamento único para las OCM). En el ámbito estatal, con fecha 20 de julio de 2013, se publicó el Real Decreto 548/2013, de 19 de julio, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2014-2018 al sector vitivinícola español (BOE n.º 172, de 20 de julio de 2013), que deroga el Real Decreto 244/2009, de 27 de febrero, modificado por el Real Decreto 168/2010, de 19 de febrero, y el Real Decreto 1547/2011, de 31 de octubre, por el que se regula la medida de inversiones recogidas en el programa de apoyo al sector vitivinícola. En el precitado Real Decreto, en su Capítulo II, Sección 4.ª se recoge la medida de «Inversiones». En la Comunidad Autónoma del País Vasco las normas de desarrollo y aplicación de la reglamentación comunitaria y de la normativa estatal básica han sido establecidas por el Decreto 630/2009, de 22 de diciembre, de desarrollo y aplicación de las medidas de apoyo comunitarias al sector vitivinícola de la Comunidad Autónoma de Euskadi, modificado por el Decreto 234/2011, de 15 de noviembre. Las ayudas para el ejercicio 2013 fueron convocadas mediante la Orden de 27 de marzo de 2013, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, pero en ella no se incluyeron las ayudas a las inversiones establecidas posteriormente por el mencionado Real Decreto 548/2013, de 19 de julio. Por tanto, mediante la presente Orden se procede a convocar las ayudas a las inversiones, contenidas y reguladas en el Capítulo II, Sección 4.ª del Real Decreto 548/2013, de 19 de julio. Estas ayudas serán abonadas íntegramente con cargo al Presupuesto Comunitario FEAGA, si bien en el presupuesto del ejercicio 2014. Por otra parte, dado que ésta es una Orden que convoca las ayudas a las inversiones previstas en el Capítulo II, Sección 4.ª del Real Decreto 548/2013, de 19 de julio, pero cuyo gasto se imputará al presupuesto FEAGA 2014, su efectividad quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el año 2014, de conformidad con la Orden de 26 de abril de 2007, que regula la tramitación anticipada d

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