BOPV nº 219 · · Medio Ambiente y Política Territorial

RESOLUCIÓN de 16 de octubre de 2013, de la Directora de Administración Ambiental, por la que se formula la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto de encauzamiento originado por el depósito de sobrantes Lamiategi, promovido por Arantxo-Lamiategi Sociedad Civil de Bergara, en el término municipal de Bergara (Gipuzkoa).

De conformidad con la Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco, los proyectos contemplados en el apartado B) de su anexo I quedan sometidos al procedimiento de evaluación individualizada de impacto ambiental, que culmina en una Declaración de Impacto Ambiental a formular con carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la realización o, en su caso, autorización de los citados proyectos. Iniciado el procedimiento de autorización del proyecto de encauzamiento originado por el depósito de sobrantes Lamiategi, promovido por Arantxo-Lamiategi Sociedad Civil de Bergara, en el término municipal de Bergara (Gipuzkoa) y resultando de aplicación lo dispuesto tanto en la Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco, como en el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, se han formalizado en relación con el mismo, entre otros, los trámites que a continuación se relacionan: Determinación del alcance del estudio de impacto ambiental. A instancias de la Agencia Vasca del Agua, con fecha 30 de octubre de 2012 la Viceconsejería de Medio Ambiente dio inicio al trámite de consultas previsto en el artículo 8.1 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos. Dicho trámite culminó con la emisión por parte del órgano ambiental, en fecha 18 de enero de 2013, del informe sobre la amplitud y nivel de detalle del estudio de impacto ambiental. Trámite de información pública. La Agencia Vasca del Agua sometió el proyecto y el correspondiente estudio de impacto ambiental al trámite de información pública (Boletín Oficial de Gipuzkoa n.º 61, de 2 de abril de 2013). Trámite de audiencia. La Agencia Vasca del Agua sometió el proyecto y el estudio de impacto ambiental al trámite de consulta a las administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas. Remisión del expediente y solicitud de Declaración de Impacto Ambiental. Con fecha 16 de setiembre de 2013 la Agencia Vasca del Agua remitió el expediente a la Viceconsejería de Medio Ambiente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 12.1 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos. Examinada la documentación técnica y los informes que se hallan en el expediente del proyecto de referencia, y a la vista de que el estudio de impacto ambiental resulta correcto y se ajusta a los aspectos previstos en la normativa en vigor, la Dirección de Administración Ambiental, órgano competente para el dictado de la presente Declaración de Impacto Ambiental de acuerdo con la Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco y el Decreto 196/2013, de 9 de abril, por el que se establece

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