BOPV nº 217 · · Educación, Política Lingüística y Cultura
ORDEN de 18 de octubre de 2013, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se autoriza la ampliación de especialidades a la Escuela de Música Pública «Hernani» de Hernani (Gipuzkoa).
Examinado el expediente iniciado por la Escuela de Música Pública «Hernani» de Hernani (Gipuzkoa), en solicitud de autorización para la ampliación de especialidades. Resultando que el citado expediente ha sido tramitado por la Delegación Territorial de Educación de Gipuzkoa, que se ha unido al mismo la documentación exigida por la normativa vigente y que ha sido informado por los organismos competentes en la materia. Visto el Decreto 289/1992, de 27 de octubre (BOPV de 4 de enero de 1993), por el que se rigen la creación y funcionamiento de los centros de enseñanza musical específica, no reglada, Escuelas de Música, en la Comunidad Autónoma de Euskadi, y demás legislación aplicable en la materia, RESUELVO : Artículo 1 Se autoriza, a partir del curso escolar 2013-2014, la impartición de la especialidad de «Pandero» al centro docente que se describe a continuación: N.º de código: 20007746. Denominación genérica: Escuela de Música Pública. Denominación específica: «Hernani». Titular: Ayuntamiento de Hernani. Domicilio: Gudarien enparantza, 1. Municipio: Hernani. Territorio Histórico: Gipuzkoa. Se impartirán en este centro las siguientes enseñanzas: Niveles: 1, 2, 3 y 4. Ramas: Canto: Coral. Instrumental sinfónica: Violín, Saxofón, Percusión, Clarinete Trompeta y Violoncello. Instrumental polifónica: Piano, Acordeón y Guitarra. Autóctona: Txistu, Alboka, Dulzaina, Txalaparta, Trikitixa y Pandero. Artículo 2 El centro queda obligado al cumplimiento de la normativa vigente en cuanto a la titulación académica del profesorado. En caso contrario, procedería la revocación de la autorización otorgada. DISPOSICIÓN FINAL Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 18 de octubre de 2013. La Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, CRISTINA URIARTE TOLEDO.