BOPV nº 209 · · Desarrollo Económico y Competitividad
ORDEN de 23 de octubre de 2013, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, por la que se convocan ayudas a las Organizaciones Profesionales Agrarias de carácter sindical de la Comunidad Autónoma del País Vasco para el ejercicio 2013.
En el ejercicio 2003 se dictó la Orden de 7 de octubre de 2003, del Consejero de Agricultura y Pesca, por la que se convocaron para el año 2003 ayudas a las Organizaciones Profesionales Agrarias de carácter sindical de la Comunidad Autónoma del País Vasco, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 208, de 24 de octubre de 2003. En los sucesivos ejercicios se continuaron convocando las citadas ayudas, y mediante la presente Orden se pretende continuar en el ejercicio 2013 con la línea seguida hasta el momento. El Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, y los Presupuestos prorrogados de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2013, permiten convocar estas ayudas para el ejercicio 2013. Para su elaboración se han tenido en cuenta las normas sobre concesión de subvenciones establecidas en el citado Decreto Legislativo 1/1997 y demás normativa aplicable. En consecuencia, de conformidad con las competencias del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad, procede convocar las ayudas correspondientes al ejercicio 2013. RESUELVO : Primero Objeto. La presente Orden tiene por objeto convocar, para el ejercicio 2013, las ayudas a las Organizaciones Profesionales Agrarias de carácter sindical de la Comunidad Autónoma del País Vasco, por el desarrollo de las funciones de interlocución social con la Administración General de la Comunidad Autónoma en materias referentes al sector agrario vasco. A los efectos de la presente Orden, se considerarán Organizaciones Profesionales Agrarias de carácter sindical aquellas que tengan por objeto la representación y defensa de los intereses generales del sector agrario de la Comunidad Autónoma del País Vasco y estén integradas por profesionales de la agricultura, sin diferenciación por razón del subsector de la producción agraria a que estuvieren dedicados. Segundo Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes, para el año 2013, de las ayudas convocadas por la presente Orden, será de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. Tercero Solicitudes. Las solicitudes se formularán en instancia dirigida a la Dirección de Agricultura y Ganadería del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad y se presentarán en el Registro General del Departamento, en la calle Donostia-San Sebastián 1, Lakua I - 3.ª planta, 01010 Vitoria-Gasteiz, bien directamente o bien por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La solicitud irá firmada por el representante legal de la Organización solicitante, acompañada de la siguiente documentación: a) Acta de constitución y estatutos visados por el órgano administrativo correspondiente. Quedan exentas de este requisito la Organizaciones Profesi